La reforma laboral que no acaba
El autor advierte del riesgo de que este nuevo intento de reformar la legislación laboral vuelva a cambiarlo todo para hacer que no cambie nada. La simplicidad y la claridad son las grandes claves de este reto trascendental.
Ya hace años que se acuñó la expresión legislación motorizada para hacer referencia a una progresiva aceleración de la producción normativa y de su cambio constante, muchas veces sin ninguna garantía de que esos cambios constantes sean fruto de una mínima reflexión o sean útiles para conseguir los fines que supuestamente persiguen. Es todo ello producto de una sociedad también cambiante y en la que los acontecimientos ya no ocurren como hace un siglo, a lo largo de años, sino de días, lo que genera la sensación de que la ley va siempre detrás y demasiado despacio para adaptarse a tales cambios sociales o económicos.
La legislación laboral no ha sido inmune a esa tendencia, especialmente en los últimos años. Pero si uno mira para atrás tiene la impresión de que, como en la famosa recomendación de Lampedusa en El Gatopardo, únicamente ha cambiado todo para que nada cambie. Hemos perdido en seguridad jurídica, porque el cambio constante de las reglas de juego produce siempre un efecto de incertidumbre, pero no hemos ganado en eficacia, porque nadie cree, y especialmente no lo creen quienes pueden crear empleo, que esa montaña de nuevas normas sirva realmente para hacer más fácil la gestión de le empresa y las relaciones laborales.
Empezamos el año 2012 como el anterior y el anterior del anterior, hablando todos de una nueva reforma laboral necesaria. Pero se vuelve a tener la percepción de que, si nadie lo remedia, volveremos a hacer una reforma laboral tan compleja como inútil, en la que su interpretación y aplicación en las empresas, pensemos sobre todo en las pequeñas y medianas, destinatarias principales si de verdad pensamos en la creación de empleo, sea tan poco entendida que vuelva sencillamente a ser ignorada. O hacemos normas laborales que puedan aplicarse sin necesidad de tener al abogado permanentemente al lado, y soy consciente de dirigir algunas piedras a mi tejado, o esas normas volverán a ser completamente ineficaces.
Por ello la receta principal de la reforma, el guion que debería presidirla, es la claridad y simplicidad en todas sus manifestaciones. El reciente Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva firmado el pasado 25 de enero por organizaciones sindicales y empresariales ha de ser calificado, sin duda ni restricción alguna, como muy positivo. No solo porque tiene una llamada a la moderación salarial que no ha sido conseguida en casi ningún otro país europeo, sino porque apunta con claridad líneas de actuación en la dirección correcta de potenciar la flexibilidad interna en la empresa, en materias clave como la estructura salarial, el tiempo de trabajo y la movilidad funcional, aspectos todos ellos que pueden ser poderosos elementos que contribuyan a evitar la destrucción de empleo cuando la empresa atraviesa, como atraviesan desgraciadamente hoy la mayoría, una situación económica negativa.
Pero el Gobierno tiene la tarea, imprescindible e indelegable, de llevar a la norma legal esas previsiones convertidas en reglas claras y entendibles que definan su alcance real. Es preciso que si se habla de distribución flexible del tiempo de trabajo la empresa pueda saber sin duda alguna el significado y preciso alcance de tal expresión, y comprobar que realmente esa distribución irregular le permite organizar su actividad de manera ágil, consiguiendo que el tiempo de trabajo coincida precisamente con el tiempo de mayor actividad productiva. Exigencia predicable del resto de materias tratadas en el acuerdo de 25 de enero.
Pero sobre todo, el Gobierno tiene que abordar materias que no están tocadas en ese repetido acuerdo y que son esenciales para incentivar la creación de empleo. Y nuevamente la simplicidad, seguridad y claridad tienen que ser la guía si se pretende que la nueva reforma laboral no se quede en el mismo baúl de las últimas abordadas. Una de ellas es la contratación a tiempo parcial. No como sustitutivo del contrato a tiempo completo, sino como una forma particular de trabajo que tiene un importante espacio, si la regulación es sencilla, para atender a necesidades empresariales que son especialmente cambiantes e impredecibles en el tiempo y para dar entrada en el mercado de trabajo a personas que, por razones personales, de compatibilidad con sus estudios o cualquier otra pueden encontrar en esos contratos un cauce interesante de incorporación a la actividad laboral, al menos durante un periodo de su vida. Desde luego el primer objetivo debe ser la incorporación de los jóvenes a un primer empleo.
Nuestro modelo de contratación es tan complejo como ineficiente. Seguimos afirmando en nuestras leyes que el contrato indefinido es la regla general pero un cuarto de la población activa sigue instalada en el contrato temporal. Y aún dentro del contrato indefinido tenemos absurdamente dos, para disimular el objetivo del de fomento de la contratación indefinida, que no fue otro que el de ir introduciendo una indemnización por despido de 33 días de salario por año de servicio, inferior a la que todavía consideramos normal de 45 días. El denominado contrato único es posiblemente imposible, pero es verdad que salvadas las contrataciones temporales por interinidad o para una obra o servicio determinados, hay que ir a un contrato indefinido general, con indemnización creciente pero con un límite que ha de estar en los estándares europeos, posiblemente en el entorno de los 30 días, manteniendo los contratos ya celebrados con su regulación actual. No porque haya que facilitar el despido, que no puede ser en modo alguno el propósito de la reforma, sino porque hay que hacer natural la contratación indefinida, como lo es en el resto de países de nuestro entorno, y para ello no hay otro cauce que ofrecer seguridad, claridad y coste razonable cuando la marcha negativa de la empresa obligue a la misma a reducir su plantilla.
Acertar no es fácil pero el objetivo, hay que facilitar por todos los medios la creación de empleo, merece un esfuerzo. Y la seguridad jurídica y la sensatez imponen que, cuando las nuevas normas se aprueben, las dejemos que germinen y desarrollen sus efectos, sin que volvamos a hablar de reforma laboral en unos cuantos años.
Martín Godino Reyes. Socio director de Sagardoy Abogados