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Sus abogados ven indicios de delito contra la administración de justicia

Pablo Soto estudia querellarse contra Promusicae y cuatro discográficas

Pablo Soto, creador de los programas de intercambio de archivos P2P Manolito, Blubster y Piolet, estudia presentar una querella por lo penal contra las discográficas que le demandaron en 2008 (Warner, Sony, BMG, EMI y Universal) y Promusicae. Según sus abogados, "hay indicios de delito contra la Administración de justicia". La demanda se produciría tras salir Soto absuelto de delito de "infracción de la propiedad intelectual y competencia desleal".

Este lunes, el español Pablo Soto salió victorioso frente a las cuatro discográficas y Promusicae, que le habían demandado en 2008 por competencia desleal y por infringir con sus programas P2P la propiedad intelectual. Tres años ha tardado el Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid en sacar una sentencia que absuelve al joven y le evita tener que pagar los 13 millones que le reclamaban sus demandantes. Ahora, es Soto quien planea tomar medidas en los juzgados.

"Estamos valorando interponer una querella por lo penal contra Promusicae, Warner, Universal, EMI y Sony BMG, porque hay indicios de delito contra la Administración de justicia", dice a CincoDías su abogado Javier de la Cueva. Este explica que "se trataría de verificar si los peritos actuaron independientemente o no y, en su caso, si no lo fueron, si ello pudiera tener la entidad como para proceder penalmente contra ellos". El abogado también aclara que tampoco descartan demandar a las discográficas por daños y perjuicios, pero para esto hace falta tener una sentencia firme, "así que lo estudiaremos cuando el asunto acabe en el Tribunal Supremo, en unos cinco años, pero demostrar el lucro cesante es muy difícil", reconoce.

La sentencia favorable a Soto ha desatado un gran revuelo. Y es que mucha gente ha visto en el proceso una batalla entre David y muchos Goliats. "Lo más importante de la sentencia ha sido que deja claro que diseñar un programa es una actividad lícita y no infringe ninguna ley de propiedad intelectual", continúa De la Cueva, que precisa que el dictamen exculpa a Pablo Soto de ser responsable del uso que los usuarios hacen de la tecnología. "Es lo mismo que no se puede responsabilizar a los fabricantes de coches por los excesos de velocidad que hagan los conductores".

Tampoco descarta pedir daños y perjuicios cuando haya una sentencia firme

El abogado se mostró ayer contento en una charla telefónica con este diario. "Han sido dos años y medio esperando la sentencia. Mucho tiempo debido al colapso que sufren los juzgados mercantiles en España" y también a los múltiples testigos y peritos presentados por las discográficas "que hicieron del pleito algo imposible de desenmarañar", según dijo a Efe el otro abogado, David Bravo.

De la Cueva subraya que este retraso ha provocado que su defendido haya sufrido problemas serios con su empresa. "Ha intentado llevar a cabo varias rondas de financiación, pero nadie quiere invertir dinero en un proyecto al que las discográficas le están reclamando 13 millones de euros".

Pese a la sentencia favorable y a las celebraciones de Soto, los problemas para este no acaban aquí. Todo indica que el creador de Manolito encontrará más piedras en su camino para seguir adelante con su negocio. Promusicae ya ha dicho que van a recurrir la sentencia. "Primero lo llevarán a la Audiencia Provincial y acabará en el Tribunal Supremo, dada la cuantía que se reclama a Pablo", avanza De la Cueva.

Una cuantía que para muchos es exagerada. Y que para De la Cueva es cuando menos curiosa. "Ellos han multiplicado cada fonograma por el número de descargas que se han producido de los programas de Pablo, pero cuando se les ha preguntado en el juicio cómo calculan el beneficio que obtienen por cada fonograma dijeron que no lo pueden dar porque es algo secreto. Así que, ¿cómo se justifica lo que piden?", se pregunta.

De la Cueva sostiene que las discográficas y Promusicae, más allá de pagar las costas, según ha resuelto la sentencia, quedan "impunes, porque para ellos abonar las costas no es nada; son cacahuetes. La cuestión clave es el daño que están haciendo a pequeñas empresas que buscan un futuro". Aún así, De la Cueva está contento con la sentencia porque cree que es importante "ir ganando escalones. Igual cuando llegue al Tribunal Supremo alguna de las discográficas ha quebrado".

Una sentencia que no sienta jurisprudencia

La sentencia recoge un principio con el que está de acuerdo Paloma Llaneza, socia del bufete Razona. El de que los programas de software que posibilitan un intercambio de obra protegida, pero que son técnicamente neutros, no suponen una infracción de la Ley de Propiedad Intelectual, "a no ser que se discuta la autoría, la licencia o el plagio del propio software, que no era el caso". "Dicho esto", añade, "creo que la sentencia está pobremente redactada y que va a permitir a las demandantes una apelación más que digna".En cuanto a la trascendencia que pueda tener esta sentencia, Llaneza cree que "no cambia en nada" los problemas de piratería y de la propiedad intelectual, "porque es una sentencia de instancia que puede ser utilizada como doctrina en otros casos pero que no sienta jurisprudencia, solo alivia momentáneamente al demandado". Esta abogada cree que hubiera tenido más impacto una sentencia a favor de Promusicae y los demás demandantes, "ya que iría contra la lógica del funcionamiento técnico de la herramienta y animaría demandas similares". Javier de la Cueva sí cree que la sentencia es muy importante para que "en el ejercicio de derechos y obligaciones no se vea como una amenaza de los grandes sobre los pequeños".Así, ¿qué hacer para solucionar los problemas de piratería? Llaneza explica que en EE UU prepara una legislación en la materia, la Protect IP Act, que está en el Senado, y la Stop Online Piracy Act que se tramita en el Congreso, que permitirá bloquear las páginas a partir de la gestión de las Domain Name System (DNS) u obligará a cualquiera que trate con una página que esté diseñada para infringir los derechos de propiedad intelectual a dejar de operar con él (Paypal o las empresas de tarjetas les bloquearán los pagos, por ejemplo). "Teniendo en cuenta que la infraestructura de internet y los servicios y negocios más importantes están sujetos mayoritariamente a la legislación americana es más que probable que esta vez funcione. Eso sí, con un importante atentado a las libertades individuales, en muchos casos de ciudadanos no americanos", dice.

Programas P2P

La sentencia deja claro que los programas P2P son herramientas para intercambiar audio, pero que no están preconstruidas para los bienes de los denunciantes.La tecnología P2P es, para Javier de la Cueva, "necesaria e importante" para lograr el buen funcionamiento de internet, porque "Telefónica, por ejemplo, te da mucha capacidad de bajada pero poca de subida, así que hay que recurrir a este tipo de soluciones para contrarrestar esa asimetría en la red. La tecnología P2P, además es utilizada por muchas empresas, desde Telefónica a Spotify, entre otras", continúa.

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