_
_
_
_
_
Tribuna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las tribunas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

Acoso y derribo de la hipoteca

Las alarmas se han disparado a propósito de un famoso auto judicial de la Audiencia Provincial de Pamplona que ha considerado saldada una deuda con el valor del inmueble que se hipotecó en su garantía, impidiendo al banco acreedor continuar la ejecución contra el patrimonio del deudor. Como si del pistoletazo de salida se tratase, se han alzado voces clamando contra la barbarie de las hipotecas en España y se vuelve la vista entonces al siempre admirado modelo estadounidense, para decir que en Estados Unidos se puede dejar de pagar la hipoteca (será el préstamo) y entregar la propiedad al banco de turno, y ahí se acaba la deuda.

Pregonan algunos medios televisivos y algunas asociaciones de consumidores las bondades de ese sistema, descubriendo algo que ya permite, hace muchos años, la hipoteca de responsabilidad limitada que nuestra Ley Hipotecaria regula en su artículo 140. Mejor aún, porque esta hipoteca de responsabilidad limitada solo permite al acreedor (la entidad financiera) ejecutar la deuda sobre el bien hipotecado sin alcanzar ningún otro bien del deudor, como es el caso de la americana, pero también que si la deuda es de cuantía inferior al valor del inmueble hipotecado se venderá el bien en subasta y del precio obtenido se le entregará al banco el importe de la deuda, recibiendo el ciudadano deudor el sobrante, impidiendo así que se dé el caso, también posible en Estados Unidos, de que el banco, simplemente, se adjudique un inmueble que vale 1.000 para extinguir una deuda de solo 10.

Sin que sea ahora momento ni lugar para la crítica a una resolución judicial que aún no es firme, yo entono una salve a la hipoteca. Hagamos un poco de historia, y recordemos que esa hipoteca, que ya existe también aquí como hipoteca de responsabilidad limitada, lleva 150 años facilitando a la clase media española el acceso a la propiedad inmueble, y de esos 150 años, en los últimos 40 ha hecho posible que la mayoría de familias de este país sean propietarias de su vivienda. Eso sí, tras muchos años de pagar religiosamente las cuotas del préstamo que esa hipoteca asegura, pero que les pregunten a los suizos, a los alemanes o a los suecos cuántos ciudadanos de clase media normalita tiene la posibilidad real, con préstamo de larga duración o sin él, de ser propietarios de una vivienda en su país.

La crueldad de la hipoteca que pretenden ahora algunos no es, por tanto, tan evidente, como tampoco es tan positiva esa reforma legal, pretendidamente sencilla, que proponen. La polémica, eso sí, abre una nueva puerta al debate sobre el sistema de acceso a la vivienda en nuestro país, y las dudas que surgen son variadas: de una parte, a quién beneficia, de repente, iniciar un acoso y derribo de nuestra hipoteca alabando el Derecho americano y olvidando que fue en ese sistema hipotecario, y en concreto gracias a su versión más abyecta de hipoteca -las famosas subprime-, donde se encendió la mecha para todo este caos de desconfianza global que hemos acabando llamando crisis.

De otra, qué mejoras reclama, en general, nuestro sistema de acceso a la vivienda, incluyendo no solo la reflexión sobre las reformas pertinentes en el sistema crediticio sino también la hipótesis, ¿por qué no?, de que tener vivienda digna no comporta forzosamente ser propietario, tal como nos demuestran muchos países del norte y del centro de Europa que se erigen en modelos de desarrollo sostenible. Para eso, claro está, hace falta un cambio de cultura que debemos empezar a plantearnos todos, incluidos los poderes públicos.

Rebeca Carpi Martín. Profesora de Derecho Civil de la Facultad de Derecho de Esade

Newsletters

Inscríbete para recibir la información económica exclusiva y las noticias financieras más relevantes para ti
¡Apúntate!

Archivado En

_
_