Estrasburgo avala expropiar casas en la línea de costa
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, dictó ayer una sentencia en favor del Estado francés, que puede sentar precedentes para todos aquellos gobiernos, que como el español, han endurecido la aplicación de la ley de Costas con carácter retroactivo.
El tribunal concluyó ayer, por 13 votos a favor y cuatro en contra, que los dos derribos autorizados en el departamento de Morbihan (Bretaña) no violan el artículo 1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, referido al derecho a la propiedad. La sentencia entiende que la demolición de viviendas en un dominio público marítimo terrestre "forma parte de las medidas de reglamentación del uso de los bienes, que persigue un fin de interés general: fomentar el libre acceso a la orilla". El Estado francés concedió a sus propietarios una autorización limitada, que prohibía la cesión de la vivienda y posibilitaba al Ejecutivo a devolver su aspecto original al lugar. En España, la ley fija un máximo de propiedad de 60 años, a partir del cual se puede proceder a la expropiación y al derribo.