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A fondo

¿Una enmienda de las constructoras?

En la exposición de motivos de la polémica enmienda que elimina el tope de los derechos de voto de los accionistas que, in extremis, presentó el Grupo Socialista al proyecto de ley que modifica la Ley de Sociedades Anónimas, la medida se justifica en que "opiniones autorizadas" la han pedido de forma "insistente". También en que la UE quiere incluirla en una directiva, algo que todavía no se ha producido. Sin embargo, aunque objetivamente y desde un punto de vista estrictamente jurídico poco se puede objetar a la medida, la oportunidad política y empresarial de la misma esconde sus luces y sus sombras, según diversas opiniones.

A falta de un debate amplio (que, esta vez sí, se acaba de abrir y se avecina intenso), la cuestión es por qué se plantea ahora el cambio y si el Gobierno ha medido sus consecuencias. Aunque el PSOE incluyó en su programa electoral la anulación del límite de los derechos de voto en los estatutos de las empresas, en distintos círculos consideran que es "una enmienda de las constructoras", en alusión a las batallas que libran respectivamente los dos principales accionistas de Iberdrola (ACS) y de Repsol (Sacyr) con los presidentes (y los consejos) de ambas energéticas, y que tienen limitado el voto al 10%.

Si la Ley de Sociedades Anónimas de 1951 y su texto refundido de 1989 quiso proteger a los accionistas minoritarios frente al abuso de los mayoritarios, los hechos demuestran que las cláusulas estatutarias limitativas se han tornado en "un instrumento de blindaje" para los directivos de las grandes empresas que, sin arriesgar su capital, se han convertido en asalariados de auténtico lujo y en verdaderos dueños de las empresas, cuyo destino controlan a través de un consejo conformado por independientes que en la mayoría de los casos no lo son tanto como debieran.

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La reforma corregiría los agravios de algunos accionistas, pero pondría en peligro a grupos como Repsol o Telefónica

Los defensores de las cláusulas limitativas de los votos que protegen a los minoritarios, creen que el poder que, de paso, proporciona a los directivos se resolvería si los independientes lo fuesen realmente. Por ejemplo, creando, como en Alemania, comités de vigilancia que están por encima del de administración.

Sea como fuere, la potestad de los directivos ha llegado hasta el extremo de impedir que accionistas relevantes se sienten en el consejo (tal es el caso de ACS en Iberdrola, en la que tiene un 12%), o puedan participar en la gestión (como Sacyr en Repsol, donde cuenta con el 20%). En justicia hay que decir que la constructora que preside Luis del Rivero tiene una representación adecuada en el consejo de la petrolera, con dos consejeros y un vicepresidente.

El pulso entre el presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán, y el de ACS, Florentino Pérez, ha pasado por distintas etapas desde su desembarco en 2006, hasta la tensión máxima que se vive en estos momentos. Tras modificar el año pasado el reglamento del consejo para impedir que hubiera alguna vacante que pudiera ocupar el accionista, este año, pese a que el mandato de siete miembros toca a su fin, Galán ya ha anunciado que los renovará. Con este último portazo, y a la vista del enconamiento personal de la batalla, sólo era de esperar una guerra total, que, según fuentes políticas, es la que se acaba de iniciar.

En cualquier caso, el cambio legal no tendrá efectos este año sobre Iberdrola o Repsol (su aprobación no llegaría antes de sus juntas, previstas para marzo y abril, respectivamente) y tampoco alteraría de forma sustancial la situación de los accionistas en liza. Así, el cambio otorgaría a Sacyr un 20% de los votos en la junta de Repsol, en lugar del 10% (también La Caixa votaría por el 12,7%), pero no le daría más poder en el consejo.

También la participación de ACS en Iberdrola, el 12%, coincide casi con el límite de votos en la junta y, en el caso del pleito por entrar en el consejo, éste no lo resolverá la polémica enmienda. El beneficio llegaría si en el futuro decidiese aumentar su presencia en la eléctrica. Precisamente, los límites estatutarios desincentivan a los inversores a tener participaciones significativas, pues a partir del 10% "se desperdician".

Sin embargo, aunque la reforma de la Ley de Sociedades Anónimas resulte jurídicamente correcta y que logre restañar agravios accionariales, en el debate abierto no falta quienes consideran que el Gobierno deberá medir el alcance para el conjunto de las empresas españolas, no sólo las cotizadas. Y en este caso, se debe evitar que queden en desigualdad de condiciones respecto a sus rivales europeas, que están protegidas, de un modo u otro, frente a las opas. Tal es el caso de Telefónica que, aunque sin alharacas, se opondrá a la enmienda.

La alta capitalización de empresas como la operadora española son una garantía antiopa. Sin embargo, con la enmienda en ciernes, bastará con adquirir menos de un 30% del capital para controlar, quizás, la gestión. Con las acciones devaluadas, volverían a surgir fantasmas como la rusa Lukoil sobre Repsol. A 16,99 euros por acción, no necesitarían pactar con ningún accionista para adquirir en el mercado hasta un 29,9% de la petrolera. ¿Se ha dado cuenta el Gobierno?

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