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Investigación

Competencia ve indicios de pactos de precios en las alimentarias

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) anunció ayer la incoación de expedientes sancionadores contra asociaciones de empresarios del sector de la industria alimentaria. La investigación analiza las subidas de precios sufridas por algunos alimentos como los huevos, el pan o el pollo. La CNC advierte que la incoación de expedientes no prejuzga el resultado de la investigación, que debe resolverse antes de 18 meses.

Competencia ve indicios de pactos de precios en las alimentarias
Competencia ve indicios de pactos de precios en las alimentariasM. Casamayón

Ya lo advirtió Luis Berenguer en su primera comparecencia pública como presidente de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) en otoño del año pasado. Decía 'observar con preocupación' que representantes de asociaciones y organizaciones fabricantes de alimentos estaban realizando declaraciones públicas 'coincidentes en el tiempo' poniendo de manifiesto que la subida de los precios de los cereales podría repercutir en una subida de precios de los alimentos. La preocupación del presidente de la CNC se convirtió poco después en la apertura de una investigación de oficio a la que, más tarde, se unieron algunas denuncias de asociaciones de consumidores.

Después de las inspecciones a las sedes de ciertas empresas y asociaciones del sector alimentario los pasados días 30 y 31 de octubre de 2007 y de acumular lo que el propio Berenguer ha calificado como 'ingente documentación', la CNC ha acordado incoar 'expedientes sancionadores contra asociaciones de empresarios del sector de la industria alimentaria'. El expediente afecta a la Federación de Industrias Alimentarias y de Bebidas (FIAB) y seis asociaciones dependientes de ésta, a la Organización Interprofesional de Avicultura de Carne de Pollo (Propollo), la Organización Interprofesional del Huevo (Inprovo) y la Asociación de Fabricantes de Pan del Principado de Asturias.

El presidente de la CNC ha asegurado en algunas ocasiones que el organismo que preside considera que el hecho de hacer anuncios públicos relacionados con subidas de precios puede contener una invitación a los demás a que les sigan. Y eso supondría una infracción del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia. La incoación del expediente a la industria de la alimentación es la mayor que de forma multisectorial y relacionada con los precios ha llevado a cabo nunca el organismo de la competencia.

Los expertos señalan que debe tenerse en cuenta la presunción de inocencia

La CNC tratará de probar ahora que las declaraciones realizadas por directivos de las asociaciones imputadas en los medios de comunicación eran, en realidad, recomendaciones colectivas encubiertas para que los miembros de dichas asociaciones llevaran a cabo las mismas subidas de precios en el mismo momento temporal. Una prueba poco fácil, porque por lo general, en los casos típicos de acuerdos entre competidores sancionados por el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia existen pruebas o, al menos, indicios de acuerdos.

'Es importante que en este tipo de casos, en los que no existen pruebas concretas de acuerdos entre competidores, la CNC extreme las precauciones. La búsqueda de una lucha eficaz contra las conductas anticompetitivas es un objetivo loable que la CNC ha de perseguir pero que, en ningún caso, debe hacerse a costa de los derechos de defensa de las partes afectadas ni vulnerando un presupuesto básico de todo procedimiento sancionador como es la presunción de inocencia', opina el abogado de competencia de Uría Menéndez, Antonio Guerra.

El precedente de los seguros

Existen algunos precedentes de declaración de infracción al artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia por intento de concertación de precios a través de la prensa. El uso de los medios de comunicación para que una asociación sectorial transmita a sus asociados una recomendación colectiva de subida de precios, aunque es un supuesto posible de infracción del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia, no es fácil de probar. Pero fue, por ejemplo, la causa de la multa de 481.000 euros (80 millones de pesetas) impuesta a Unespa.El entonces Tribunal de Defensa de la Competencia condenó en diciembre de 2000 a la patronal de los seguros por incitar en 1998 a las entidades a que encarecieran las primas para el año 1999.Según la resolución de Competencia, Unespa diseñó una 'estrategia' que se desarrolló en varias etapas y que incluía el lanzamiento de mensajes a través de los medios que buscaba mentalizar a la opinión pública de que los precios de los seguros deberían encarecerse entre el 7% y el 10%.La actual Comisión Nacional de Competencia tiene ahora en el caso de la industria de la alimentación un máximo de 18 meses para probar si ha existido una infracción contra la competencia sirviéndose de los medios de comunicación. Sin embargo, los consumidores se quejaban ayer de que la CNC no ha incluido en la apertura del expediente a la industria láctea a pesar de 'las reiteradas subidas del precio de la leche'. Tanto Facua como la OCU y Ceaccu denunciaron ante Competencia las distorsiones detectadas en la formación de precios de venta al público de la leche y el pan.

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