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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Para mejorar la competencia

Formar parte de un cártel para alterar las reglas de la competencia va a dejar de ser rentable a las empresas que estén dispuestas a incumplir la ley con esa práctica. Tras la aprobación el viernes del Reglamento de la Ley de Defensa de la Competencia, la legislación española dispone por fin del sistema 'de clemencia', que exime del pago de la multa que impongan los organismos de Competencia a la empresa que denuncie la existencia -y así lo demuestre- de un pacto ilegal entre compañías, aunque esa misma compañía también haya sido partícipe de tal acuerdo.

Se trata de detectar y penalizar a las compañías que lleguen a acuerdos con sus competidores para pactar precios, repartirse el mercado mediante cuotas de producción o de venta, que suscriban pactos sobre repartos de mercancías -incluidas las pujas fraudulentas- o acuerdos de restricción de las importaciones o las exportaciones, entre otras prácticas contrarias a la ley.

La nueva norma amenaza con sanciones que pueden llegar hasta el 10% de la cifra de ventas del último ejercicio de la empresa si se demuestran sus prácticas fraudulentas. Igualmente, dota de más mecanismos de inspección a la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) y permite también reducir las sanciones a las compañías que colaboren en la investigación una vez efectuada la primera denuncia. De manera que sólo obtendrá la exención total aquella empresa que revele primero ante las autoridades la existencia el cártel.

El sistema de clemencia es una práctica habitual en las economías más avanzadas del mundo. Su empleo es habitual por las autoridades de Competencia de la Comisión Europea y por las de Estados Unidos, donde ha demostrado su eficacia en la lucha contra los pactos colusorios. Es muy significativo que nueve de cada diez cárteles sancionados por la Comisión Europea hayan sido descubiertos gracias a la denuncia de una empresa arrepentida. El chivatazo tiene cualidades suficientes para convertirse en un instrumento útil que permitirá a las autoridades de la competencia, tanto la estatal CNC como las autonómicas, demostrar la existencia de pactos ilegales entre empresas. Es deseable que así sea, puesto que certificar documentalmente la formación de un cártel es una de las cuestiones más difíciles de demostrar en la actividad empresarial.

Lejos de connotaciones negativas, el sistema de delación presenta otra virtud, quizá de más calado. Se trata de su capacidad disuasoria a priori. Los motivos para denunciar que puede tener una empresa -además de eludir la multa- pueden ser muy variados. Los precedentes incluyen casos que van desde hacer daño a las firmas competidoras a salirse de unos acuerdos aceptados porque resultaba comercialmente costoso quedarse fuera.

Es deseable que el nuevo reglamento, que entrará en vigor en los próximos días, sirva para frenar prácticas que no solamente son una carga de profundidad contra las buenas prácticas empresariales, sino que también constituyen un perjuicio manifiesto para los consumidores.

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