En este sentido, señala que, en cualquier caso, sería competencia de las autoridades españolas actuar contra las acusaciones de manipulación de mercado, y que Bruselas sólo puede intervenir en caso de que haya pruebas de un incumplimiento sistemático de la normativa europea por parte de un Estado miembro.
García-Margallo, que ha cuestionado en varias ocasiones la actuación del Ejecutivo español en este caso, recuerda en una de sus preguntas la reunión del pasado 16 de febrero entre el consejero elegado de Enel, Fulvio Conti, y el ministro de Industria, Joan Clos, así como el hecho de que la española Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) disponga de un 2,95% de Endesa.
Respuesta a una pregunta del PP
Además, el eurodiputado del PP considera que la Directiva europea sobre OPAs de 2004 obliga en este tipo de caso a lanzar una oferta a la que puedan acudir todos los accionistas y no a adquirir sólo una parte de las acciones. McCreevy asegura, sin embargo, que dada la flexibilidad de la que gozan los países de la UE para aplicar esta normativa, la CE no puede requerir que se fuerce a una compañía a lanzar una oferta obligatoria al adquirir el 25% del capital de otra empresa (la Comisión Nacional de la Energía (CNE) autorizó a Enel a aumentar su cuota de participación en Endesa hasta el 24,99%).
El comisario recuerda que la legislación española no requiere lanzar una oferta obligatoria en el caso de que una empresa obtenga control sobre este porcentaje de otra compañía, por lo que cree que no ha existido un incumplimiento de la Directiva en este caso.