La CNMV da un primer paso para aclarar qué es un hecho relevante
Se trata de un viejo problema que no acaba de solucionarse. El envío de hechos relevantes a la CNMV por parte de las sociedades cotizadas está trufado en muchas ocasiones de otras informaciones con matices publicitarios. La CNMV acaba de dar un primer paso para poner orden en la información que las empresas deben ofrecer al mercado, por lo que a partir de ahora la web del organismo regulador separa físicamente hechos relevantes de otras comunicaciones. Mientras, Economía prepara un real decreto que aclarará algunos puntos de lo que se considera relevante.
No es un problema nuevo. Hasta tal punto, que ya en 1997, siendo presidente de la CNMV Juan Fernández Armesto, este organismo publicó una carta circular tratando de aclarar lo que se entiende por hecho relevante. La propia comunicación reconocía que 'dada la amplia casuística de la vida empresarial, la elaboración de una lista cerrada no garantiza que todos los acontecimientos y decisiones que se producen en la actividad de los negocios y que son hechos relevantes puedan quedar incluidos'. Por esa razón la carta circular proporcionó unas indicaciones sobre la información que 'influye de forma sensible en la cotización de los valores' junto a una serie de ejemplos que ayudaran a las empresas a aplicar la norma.
Se trata de una lista que, en opinión de Manuel Sánchez Álvarez, asociado de Garrigues, es un buen punto de partida para elaborar una nueva definición de hecho relevante. A pesar de ello, Sánchez Álvarez considera que la regulación de lo que se entiende por hecho relevante es un asunto complicado 'porque hay que combinar la flexibilidad con la enumeración de una determinada casuística que proporcione a los operadores seguridad jurídica'. En todo caso, fuentes de la CNMV aseguran que el movimiento de separar hechos relevantes de otras comunicaciones es más formal que otra cosa y que, salvo excepciones no suelen producirse problemas con las empresas. Eso, a pesar de que aún se recuerdan casos como el de una empresa que envió como hecho relevante el programa que habían puesto en marcha para que sus empleados dejaran de fumar. Como es natural, los filtros de la CNMV devolvieron inmediatamente esa comunicación a la empresa.
Manuel Sánchez Álvarez opina que, a pesar de las limitaciones, el sistema no funciona mal. Y avala su opinión con el hecho de que en 15 años de Ley de Mercado de Valores, sólo han llegado cuatro asuntos a la Audiencia Nacional. También Xavier Freixes, socio de Cuatrecasas cree que el envío de hecho relevante funciona. 'Aunque en ocasiones, y está ocurriendo con operaciones muy importantes últimamente, tengamos discusiones sobre lo que es hecho relevante y lo que no'. Pero Freixes opina que llegar a una definición muy concreta 'va a ser imposible'.
'Una cosa es informar a los inversores y otra el marketing', señala Carlos de Cárdenas, socio de Uría. Es una opinión con la que coinciden todos los expertos
Plazos y retrasos legítimos
El real decreto que prepara Economía sobre abuso de Mercado aclarará algo la situación. La norma, que se encuentra en estos momentos en fase de consulta en el Consejo de Estado, incluirá los plazos para el envío de comunicación y establecerá las causas por las que legítimamente un operador puede retrasarse en ese envío. Pero más importante aún, dejará claro que las sociedades no pueden combinar la difusión de información relevante con la comercialización de sus actividades. Por eso la medida adoptada por la CNMV para tratar de diferenciar más las informaciones de hechos relevantes de otras comunicaciones es, en opinión de Carlos de Cárdenas, socio de Uría Menéndez, muy acertada. 'Una cosa es informar a los inversores y otra es el marketing. Además, el exceso de información tampoco es bueno', explica el socio de Uría. Es una opinión con la que coincide Fernando de las Cuevas, socio de Gómez-Acebo & Pombo, para quien en ocasiones los emisores no tienen claro qué deben enviar como información relevante o qué como otras comunicaciones. 'No estaría de mas que se dieran unas pautas más concretas que las que ofrece la ley del Mercado de Valores', señala.
Un problema que no sólo se produce en España
La dificultad de definir lo que se considera un hecho relevante es un asunto extendido. Tanto es así, que la Comisión Europea ha tomado cartas en el asunto y en diciembre del pasado año aprobó una directiva que deberán transponer todos los estados miembros antes de 2006 en la que, precisamente, trata de poner orden en la información que las empresas cotizadas envían a los reguladores de los mercados.La intención de la normativa comunitaria es evitar que los emisores de valores mezclen la difusión de información relevante con la de publicidad de sus actividades comerciales de manera que no confundan al inversor.La directiva también trata de impedir que las noticias que pueden afectar al mercado se adelanten en reuniones con analistas.Es la misma idea que ha expresado públicamente el presidente de la CNMV Manuel Conthe. Desde su llegada a la presidencia de este organismo Conthe ha defendido que es necesario que los hechos relevantes sean eso, relevantes, además de claros y rápidos. En alguna ocasión ha llegado a reconocer que cada vez es más frecuente encontrar como hecho relevante cualquier menudencia.Y también es una práctica habitual encontrarse con hechos relevantes que han pasado por un proceso de negociación entre las partes implicadas y la CNMV a espaldas del mercado. Por eso, el presidente del regulador opina que es importante especificar qué supuestos se presumen como hecho relevante que han de ser comunicados por los emisores para eliminar la discrecionalidad a la hora de valorar si lo son.Conthe también ha asegurado en numerosas ocasiones que lo deseable es que cuando esté lista la normativa los hechos relevantes se comuniquen a la vez al mercado y a la CNMV.