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Unión Europea

La UE inicia el intercambio de información fiscal del ahorro

La UE pone en marcha un sistema de intercambio de información tributaria sobre rendimientos del ahorro que permitirá, además, un mejor control sobre buena parte de paraísos fiscales.

La directiva en materia de fiscalidad del ahorro es ya un hecho. Después de ocho años de larga digestión (desde 1997) ha entrado en vigor hoy, 1 de julio, uno de los textos normativos que más quebraderos de cabeza ha costado a la UE para sacarlo a flote.

La directiva persigue que los rendimientos del ahorro en forma de intereses, obtenidos en un Estado por un no residente, se sometan a la imposición fiscal según la legislación nacional de ese contribuyente. Para ello, impone unas obligaciones de intercambio de información entre los países de la UE, con el ánimo de que los no residentes sean gravados por sus propios países con independencia de donde obtengan sus rendimientos.

Aunque la directiva contiene algunos límites (excluye pensiones, prestaciones de seguros y derivados), se trata de un paso de gigante para armonizar el trato fiscal en la UE de los rendimientos del ahorro.

El texto afecta, además, a diez territorios de la UE (ocho bajo el paraguas de la Corona Británica y dos de Holanda) considerados tradicionalmente como 'paraísos fiscales', que estarán obligados a suministrar información de cuentas de ahorro de sus clientes a los socios comunitarios que lo soliciten. Supone, en la práctica, un golpe importante para el desmantelamiento de este tipo de territorios, utilizados para evadir impuestos a escala internacional.

El entramado legal que protegía hasta el momento estos territorios ha hecho necesario que cada uno de los países de la UE firme acuerdos bilaterales para intercambio de información, asociados a la entrada en vigor de la directiva. En el caso de España, en las últimas semanas se han firmado diez acuerdos, bajo le denominación técnica de 'canjes de notas'. con cada una de estas dependencias de Gran Bretaña y Holanda. Todos estos acuerdos (verdaderos convenios internacionales) fueron refrendados ayer en el Congreso de los Diputados, como paso previo para que entrara en vigor la directiva también en España.

Retención en la fuente

Además, la directiva extiende su ambito de aplicación a terceros países de la UE. Ya en 1997 se estableció que el intercambio de información que se pretendía lograr dentro de la Unión Europea en la fiscalidad del ahorro debía ir acompañado de acuerdos en los que se adoptaran 'medidas equivalentes' por otros países (Andorra, San Marino, Liechtenstein, Suiza y Mónaco) cuyos mercados financieros compiten directamente con los miembros de la UE. Y es que la fuga de capitales podría hacer peligrar el logro de los objetivos iniciales. Se pensaba sobre todo en Suiza, a petición expresa de los limítrofes Bélgica y Luxemburgo. De nada sirve intercambiar información fiscal si los ahorradores huyen a otros territorios fuera de la UE donde saben que no se les van a pedir datos.

La solución ha llegado con un acuerdo con estos países. No suministrarán información pero sí aplicarán una retención en la fuente sobre el ahorro generado, que, además, irá aumentando en los próximos años. La retención será del 15% hasta 2007, del 20% hasta 2010, y del 35%, a partir de 2011.

La Comisión hará un seguimiento de la directiva e informará de su aplicación dentro de tres años, 'vigilando los posibles incumplimientos', según admiten fuentes del Ejecutivo comunitario.

Suiza salva el secreto bancario con contrapartidas

Con los acuerdos adoptados, Suiza mantiene su deseado 'secreto bancario' a cambio de que aplique una retención a los flujos de ahorro que llegan a sus bancos. A esta posibilidad se han sumado también Austria, Bélgica y Luxemburgo, recelosos de la influencia del poder financiero suizo. Esta retención fiscal se repartirá. Un 75% de la misma irá al país de orígen del ahorrador, y un 25% restante se quedará en el país de destino.La UE quiere que la aplicación de retenciones por estos países (Austria, Luxemburgo, Bélgica y los cinco fuera de la UE, incluida Suiza) se entiendan como 'periodo transitorio', con la idea de que todos ellos algún día se comprometan, como el resto de los socios de la UE, a intercambiar información fiscal sobre rendimientos del ahorro.Luxemburgo y Bélgica ya han anunciado que si Suiza renuncia al secreto bancario en los próximos años, ellos también lo harán. De momento, esta posibilidad está lejos de producirse, sobre todo, por la fuerte presión de la banca suiza. La importancia que juega Suiza en este complejo entramado de intereses es fundamental.De hecho, la directiva estaba prevista que entrara en vigor en enero de este año pero se ha esperado a julio, precisamente para que los bancos suizos se adaptaran al proceso de aplicación de retenciones fiscales.Suiza está obligada también, al igual que Andorra, Liechstenstein, Mónaco y San Marino, al intercambio de información con el resto de haciendas estatales de la UE, en caso de que haya evidencias de casos de fraude fiscal o similiar en su territorio.

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