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Tribuna
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Auditoría: a la mitad del camino

La preocupación por la independencia de las auditoras no ha disminuido tres años después de conocidos escándalos. La prestigiosa revista liberal The Economist exigía el pasado noviembre mucho más: '¿Por qué quedarse a medio camino? (…) (la situación) debería implicar la rotación de firmas, y no sólo del socio, y la prohibición de la prestación de servicios distintos de los de auditoría'.

En este ambiente de preocupación e hipercrítica, estamos estudiando en la Comisión Jurídica del Parlamento Europeo la propuesta de nueva directiva que forma parte de las medidas del Plan de acción para los servicios financieros. Particularmente importante a este respecto son, de manera semejante, la Comunicación de la Comisión de 21 de mayo de 2003 sobre la Modernización del derecho de sociedades y mejora de la gobernanza empresarial en la UE, el paso a las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) a partir de 2005 y las directivas sobre el abuso del mercado.

Entre los puntos más polémicos de la propuesta de la Comisión Europea cabe destacarse la rotación de auditoras y de socios con el fin de reducir las posibilidades de convergencia de intereses entre auditores y auditados. La mera enunciación de esta posibilidad que viene estudiándose desde largo tiempo ya en el seno del Consejo ha supuesto una fuerte oposición a esa medida por las grandes auditoras del sector, que aseguran se resentirá la calidad de los informes de auditoría.

Hay que ser escéptico sobre la aplicación de medidas de ética profesional a los auditores por la Comisión Europea

Hay una inercia laboral y clientelar que muchos quieren mantener y otros superar. Para algunos, no obstante, la rotación de socios es un mero maquillaje pues los socios de una misma firma se ponen de acuerdo en las grandes pautas a seguir.

En general son legión los que prefieren fiarlo todo a la capacidad ética y profesional de los equipos, lo que vaciaría por completo lo que se pretende. Todo con el sacrosanto argumento de la libertad de las empresas, sin tener en cuenta el interés del pequeño accionista, la transparencia de las cuentas de las empresas auditadas para cualquier futuro inversor, el necesario conocimiento de la autoridad fiscal y la misma estabilidad del sistema.

Así las cosas, algunos parlamentarios estamos en este momento procesal optando por que, reconociendo e impulsando el valor incuestionable de la rotación, se permita su adaptación a la situación de cada Estado miembro. Es desgraciadamente el reconocimiento de que nos vamos a quedar en la mitad del camino como se nos acusaba.

En segundo lugar habría que pararse en la radical necesidad de independencia de los auditores. Implicaría que no puedan realizar las auditoras otros servicios complementarios como los de consultoría o los de contabilidad en todas las empresas llamadas de interés general (por cotizar en Bolsa, por su tamaño…). Hay quien considera esta norma demasiado severa, sin embargo, la independencia es un elemento esencial de la reforma y limitarla sería desnaturalizarla.

En último lugar, deberíamos destacar que esta legislación europea en ciernes pretende ser un marco de mínimos dejando, hoy por hoy, la competencia a los Estados en aquello en lo que dispongan de mayor capacidad y experiencia.

Por eso, hay que ser escéptico sobre la aplicación de medidas de la ética profesional por la Comisión Europea, y sobre la pretensión de aplicar sistemas comunes de control de calidad que, a la larga, serían menos rígidos que lo que algunos países miembros están ya realizando o proyectando. Si no se pueden dar pasos para todos, no cabe forzar regresos al pasado. En España, el comité de auditoría, que establece el artículo 47 de la Ley Financiera 44/2002, es un buen ejemplo.

Estamos, pues, en la encrucijada. La directiva no pudo salir adelante durante el pasado semestre de la presidencia holandesa del Consejo. Es de esperar, no obstante, que como otros criterios de dinamización europeísta, salga en el actual periodo luxemburgués, tal y como figura en el calendario que manejamos en la Comisión Jurídica del Parlamento Europeo.

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