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Tribuna
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¿Reformar el IRPF?

Con cierta periodicidad oímos hablar de una futura reforma del IRPF. Siguiendo el cliché atribuido a los periodistas hay que preguntar: ¿por qué?, ¿para qué?, ¿cómo?, ¿cuándo?, ¿dónde?

Recordemos que el IRPF es el impuesto que proporciona mayor recaudación -en 2003 un 36% de la recaudación global del sistema tributario estatal, lo que supone un 30% de los ingresos no financieros del Estado-. A su vez, es el impuesto socialmente más relevante, por su número de contribuyentes y por ser éstos personas físicas.

La importancia económica y social del IRPF da especial trascendencia a los citados anuncios de su reforma y justifica observar tanto el actual comportamiento del impuesto -tras la reforma de 1998 profundizada en 2002- como la posible orientación de las futuras reformas.

En este sentido destacaremos que el actual IRPF ha ganado elasticidad frente al PIB, superando así el gran defecto existente antes de 1998. La ganancia de elasticidad, unida al buen comportamiento de la economía española permitió que se pudieran hacer dos importantes rebajas del impuesto -1998 y 2002- compatibilizando significativos descensos en la carga fiscal de los contribuyentes con aumentos en la recaudación global del impuesto.

En efecto, según datos oficiales de la Agencia Tributaria, la reforma de 1998 ahorró casi 800.000 millones de pesetas a los contribuyentes entre 1999 y 2000 mientras que la recaudación del IRPF aumentó un 2,2 % en 1999 y un 3,7% en 2000. La reforma de 2002 propició una reducción del 4% en el tipo efectivo de retenciones del trabajo en 2003 -faltan datos de la liquidación de 2004- creciendo un 4,8% la recaudación.

De otra parte, la simplificación del impuesto lograda en 1998 junto a la permanente mejora del funcionamiento de la Agencia Tributaria -utilizando eficazmente las nuevas tecnologías- ha posibilitado alcanzar la excelencia en la gestión del impuesto. Cada vez hay menos contribuyentes obligados a presentar declaración, más servicios, ayudas y facilidades para los que deben hacerla, y más rapidez en las devoluciones tributarias…, hasta convertir en modélico el desarrollo de las campañas anuales de Renta.

A su vez y respecto a la situación previa a 1998, el actual IRPF también ganó en términos de distribución. Con la reforma disminuyó en siete puntos la participación de las rentas del trabajo en la cuota líquida global del impuesto, aumentando la correspondiente a las rentas del capital y de actividades económicas. Por último, el impuesto ofrece un razonable grado de funcionalidad resultando un instrumento útil para fomentar el ahorro en previsión social y para facilitar el acceso a la vivienda en propiedad.

En este contexto, con un funcionamiento del impuesto más que óptimo en términos de recaudación, de gestión, de distribución y de funcionalidad económica, cabe preguntarse por los motivos de nuevas reformas y, en su caso, por la orientación de las mismas. Sobre su motivación únicamente se han escuchado justificaciones burdas en la línea de 'que paguen más los que más tienen', frase impregnada de fuerte olor a naftalina y que destila sabor a catacumba ideológica.

Sobre las líneas de posible reforma, cabe apuntar que las escuchadas provocan una cierta preocupación. Así, se sigue especulando con la posibilidad del tipo único, pero ¿alguien cree de verdad que pasar de la actual estructura de tipos a un tipo único supone de verdad simplificar el impuesto?

Sin embargo, es una verdad matemática que caeteris paribus, al pasar a tipo único o se pierde progresividad o se pierde recaudación. Y si se quiere escapar del dilema, hay que introducir determinadas complejidades que desandan la pretendida ganancia de simplicidad que presuntamente aporta el tipo único.

También hemos escuchado la posible desaparición de la deducción por adquisición de vivienda. Su eliminación -se lanzan mensajes que quieren ser tranquilizadores diciendo que no tendría efectos retroactivos- es justificada diciendo que tiene un efecto distorsionador en el precio. No parece que de ser cierto justifique establecer una barrera divisoria entre dos clases de españoles: aquellos que por adquirir su vivienda desde 1978 hasta el 31-XII- del 200X, han accedido a importantes ayudas fiscales; y aquellos que por comprarla a partir de dicho día no puedan hacerlo. En todo caso, los meses previos a la fecha de corte sí que serán testigos de aumento en la demanda de viviendas y entonces sí que habrá distorsión ¡y qué distorsión! en los precios.

Tampoco se entienden las razones que se apuntan para eliminar la deducción por aportaciones a planes de pensiones. Parece que ambas deducciones despiertan ansias recaudatorias, toda vez que entre las dos supondrán para 2.005 -según el Presupuesto- 4.400 millones de euros.

Los responsables económicos del Gobierno deben recapacitar: tienen problemas más importantes y más urgentes que reformar el IRPF. En todo caso, que sean conscientes que la reforma que desea la sociedad española es una nueva reducción del impuesto.

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