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Normas

La CNMV redobla el control de las firmas de Bolsa con nuevas normas contables

Las firmas de Bolsa y las sociedades gestoras de carteras deberán presentar sus estados financieros y cuentas anuales en la CNMV bajo el nuevo modelo de normas contables antes del próximo 20 de julio.

El consejo de la CNMV ha aprobado la Circular 2/2004, que modifica las normas que rigen la contabilidad de las empresas que operan en Bolsa, según publicó ayer el BOE. La circular transforma las normas vigentes desde 1990 y afecta a los modelos reservados y públicos de los estados financieros y cuentas anuales públicas de sociedades y agencias de valores.

La filosofía es 'adoptar un nuevo modelo que homogeneice la información pública y reservada a remitir a la CNMV por todas las empresas de servicios de inversión y que es la base de la supervisión ejercida por ésta'. La norma será aplicable para los próximos informes contables de carácter trimestral. Entra en vigor a los dos meses de su publicación en el BOE y la fecha límite para remitir a la CNMV la información es el día 20 del mes siguiente.

Las nuevas normas intentan demostrar el esfuerzo de los reguladores españoles por incrementar la transparencia de un mercado sacudido por los escándalos de las firmas de Bolsa en EE UU. Así, se refuerza el control sobre las sociedades obligando a las firmas a informar de sus resultados de forma mensual.

Tanto las sociedades como las agencias de valores deberán presentar mensualmente bajo el nuevo modelo contable el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, el detalle de las inversiones y financiaciones, así como la posición de los valores. En este caso, la norma rige sólo para las sociedades, las informaciones complementarias, el inventario de la cartera y anexos complementarios y el estado de depósito de clientes.

Con carácter trimestral, las firmas deberán remitir el desglose de las comisiones repercutidas, mientras que de forma semestral deberán aportar el estado de gestión de carteras y de forma anual la aplicación del beneficio del ejercicio. Para ello, las empresas de servicios de inversión deberán rellenar dos nuevos modelos de estados reservados en los que se requiere información de carácter estadístico sobre la actividad de gestión de cartera y depósito de valores por cuenta de terceros.

La circular también obliga a las sociedades de cartera a remitir el informe especial complementario al de Auditoría de Cuentas, que actualmente es preceptivo para las sociedades y agencias de valores.

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