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Inversión

Cómo comunicar bien las decisiones de inversión

Obtener una buena rentabilidad depende de más variables que el simple acierto en la elección del activo financiero en cuestión. Primero hay que decantarse por un intermediario, cuyas comisiones y asesoramiento varían, después hay que abrir una cuenta de valores, luego se deben comunicar correctamente las intenciones de compra o venta mediante las correspondientes órdenes y, por último, se debe verificar la efectiva ejecución de la orden o la liquidación de la operación.

Las órdenes de valores son, por tanto, el vehículo a través del cual los inversores acceden a los mercados y hacen efectivas las relaciones con los diferentes agentes participantes en los mismos. Debido a su importancia, y a su amplia casuística, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha publicado esta semana una nueva guía divulgativa -se puede descargar de forma gratuita en la dirección de internet www.cnmv.es- con todo lo que hay que saber sobre las órdenes de valores.

'Un principio universal que el inversor debe seguir es requerir siempre una copia de la orden cursada al intermediario, donde se refleje la fecha y hora de instrucción, así como los datos completos de la misma', señala el órgano supervisor. Dicha copia es una prueba documental a la hora de realizar cualquier tipo de reclamación.

Lo primero que tiene que hacer un inversor es requerir una copia de la orden cursada

En la guía se especifican las distintas formas de dar una orden (presencial o por vía telefónica, fax o internet), así como cuál se ajusta mejor a cada perfil de inversión.

El documento contiene un decálogo con todos los aspectos que hay que tener en cuenta antes de dar una orden. Entre otras recomendaciones, se recuerda que se debe comprobar que el intermediario cuenta con la pertinente autorización o determinar el precio máximo, para las compras, o mínimo, para las ventas, al que se está dispuesto a operar.

'En todos los casos, pero especialmente en los servicios online, verifique las probabilidades de que su orden pueda ser realmente ejecutada de acuerdo a los últimos precios de cruce en el mercado, y el razonable desfase temporal hasta su introducción efectiva en el mismo según el canal utilizado', reza la guía.

Por último, la CNMV explica las particularidades de los tipos de órdenes según sea la naturaleza de éstas: compraventa de valores en renta fija, variable y productos derivados en los mercados secundarios; adquisición de valores en una OPV; aceptación de una OPA, o instrucciones en el marco de una ampliación de capital.

Por lo mejor, limitadas y de mercado

Dentro del SIBE o mercado continuo, las órdenes se pueden clasificar en tres categorías, según el precio. La primera es la limitada, que se formula con un precio máximo para la compra y mínimo para la venta. Si es de compra, se ejecutaría a un precio igual o inferior al fijado, y si es de venta, a un precio igual o superior.La segunda es la orden de mercado, en cuyo caso se introduce sin límite de precio y se negocia a los mejores precios de contrapartida existentes. 'Es una orden muy arriesgada para el inversor, pues si no se negocia en el momento de su introducción o se hace parcialmente, la parte no ejecutada permanece en el sistema al precio que desee ofertar la parte contraria', recuerda la guía de la CNMV.Por último, la orden por lo mejor, que, al igual que la orden de mercado, se introduce sin límite de precio y se negocia a los mejores precios de contrapartida existentes. La diferencia es que la parte no negociada queda limitada a ese precio si no existe contrapartida suficiente.En cuanto al volumen, las órdenes se pueden clasificar en cuatro categorías. En la primera, de ejecución mínima, se especifica la cantidad mínima de valores que debe ser ejecutada. La segunda se conoce como todo o nada. El mandato se ejecuta en su totalidad o se rechaza. Otro tipo es la denominada ejecutar o anular (se ejecutan automáticamente y la parte no ejecutada se elimina). Por último, la orden de volumen oculto. Se mete mostrando al sistema sólo una parte del volumen a negociar.

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