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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Pocos avances en la transparencia

CINCO DÍAS

La orden ministerial para desarrollar la Ley de Transparencia era tal vez el texto legal más esperado en el ámbito mercantil español. La ley promulgada en julio dejaba abiertas muchas posibilidades y la esperanza de que fuese desarrollada con un reglamento avanzado, moderno y valiente estaba plenamente justificada. No sólo era una oportunidad del legislador, sino una obligación de aquellas autoridades que pretendan legislar para el siglo XXI.

El texto legal, publicado el pasado jueves en el BOE en forma de orden ministerial, ha frustrado, sin embargo, no pocas expectativas. Porque va a inyectar en la actividad empresarial española una dosis de transparencia más cosmética que de otra índole, más de forma que de fondo.

No sólo se ha perdido la oportunidad de avanzar contra la opacidad de los sueldos de los consejeros de las empresas, sino que se han dado pasos atrás respecto a las recomendaciones del Código Olivencia y del Informe Aldama. El derecho de los accionistas a saber lo que percibe un consejero de su empresa se deja, como siempre ha estado, al albedrío de éste.

En las operaciones vinculadas, el nido en que se crían muchos escándalos financieros y donde se debería entrar en el detalle, apenas se avanza sobre la actual regulación. La crisis de Parmalat es sólo el último ejemplo de hasta dónde pueden ser perjudiciales unas operaciones intragrupo mal reguladas. En los pactos parasociales debería aclararse el texto de la ley que los regula, como ha quedado patente en la polémica entre Total y el SCH por Cepsa. El hecho de que los pactos existentes hoy no tengan que darse a la luz hasta pasados tres años, además, deja en papel mojado parte importante de la transparencia que se pretende. Sorprende también la escasa atención prestada a las opciones sobre acciones, con los antecedentes de tales productos en la reciente historia empresarial de España.

Si la gran novedad es que las empresas deban incluir en su página web lo que ya están obligadas a publicar en la CNMV, poco camino se ha recorrido.

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