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Mercado de Valores

La CNMV excluye a Avánzit de Bolsa al faltar información sobre su estado financiero

El consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) acordó ayer iniciar el procedimiento de exclusión de negociación en bolsa de las acciones de Avánzit, a la vez que decretó la suspensión de su cotización, por el incumplimiento por parte de la empresa de la obligación de remitir información "debidamente cumplimentada" sobre sus cuentas, lo que impide determinar la verdadera situación financiera de la sociedad, que además se encuentra en suspensión de pagos.

La CNMV entiende que esta situación podría provocar "una incorrecta formación del precio y una desprotección de los inversores", por lo que abre dicho proceso de exclusión de negociación en bolsa de la empresa.

En primer lugar, el regulador advierte de la "incertidumbre" suscitada sobre las cuentas anuales correspondientes al ejercicio de 2002, "dado que pudieran no representar la imagen fiel de la compañía, al existir algunas partidas que según el actual consejo de Avánzit deben ser aclaradas".

En segundo lugar, indica que a fecha de hoy las cuentas de la compañía en 2002 no han sido reformuladas y como mínimo no serían aprobadas por la junta general hasta finales del primer trimestre de 2004.

El órgano que preside Blas Calzada apunta también la incertidumbre existente al estar pendiente el ejercicio de una acción de responsabilidad contra los anteriores miembros del consejo, y el hecho de los actuales no hacen suyas las informaciones públicas periódicas relativas a la información contable del año en curso, incluidas las relativas al tercer trimestre, generadas después de su incorporación.

Cuentas sin aprobar

Para la CNMV, la falta de aprobación de las cuentas correspondientes al ejercicio 2002, así como la no asunción de la información correspondiente al ejercicio 2003 "pueden considerarse un incumplimiento de los deberes de remisión y difusión de información pública periódica exigibles por la Ley del Mercado de Valores a todas las sociedades cotizadas, pues si bien los administradores formalmente remiten información contable a la CNMV, no se hacen responsables de la misma".

Por último, estima que tal incumplimiento impide determinar cuál es la verdadera situación económico-financiera de la entidad, que además se encuentra en suspensión de pagos, "lo que podría provocar una incorrecta formación del precio y una desprotección de los inversores".

Tanto la sociedad emisora como las personas que sean titulares de derechos o intereses legítimos que pudieran resultar afectados por la resolución que se dicte podrán presentar en el plazo de un mes a contar desde la publicación de los correspondientes anuncios en el BOE cuantas alegaciones estimen oportunas ante la CNMV.

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