Total logra que el arbitraje inmovilice todas las acciones del SCH en Cepsa
En el combate jurídico por Cepsa, los abogados de Total han ganado el primer asalto a los del SCH. Y lo han hecho en toda regla.
El árbitro ha aceptado prácticamente todas las medidas cautelares solicitadas por Total como respuesta a la opa presentada por el Santander sobre un 16% de la petrolera española. Así, el laudo arbitral inmoviliza todas las acciones del SCH en Cepsa (incluidas las compradas en la opa) e impone la validez provisional del acuerdo entre las partes para el control de la petrolera.
El laudo, comunicado ayer a la CNMV, supone la vuelta a la situación previa a la oferta del SCH que desató las hostilidades.
El banco, representado por Uría y Menéndez y otras tres firmas, reconoce esta derrota inicial al señalar que 'las medidas cautelares adoptadas suponen un grave perjuicio para los accionistas de Cepsa, en particular para los minoritarios, y para el propio banco', pues 'suponen el cierre del mercado de control de Cepsa imposibilitando opas de terceros'.
El laudo impone la actuación concertada del Banco Santander y Total en Cepsa, 'prescindiendo de la Ley 26/2003 la Ley de Transparencia, esto es, como si la citada ley no hubiera entrado en vigor', a juicio del SCH.
La decisión no entra en el fondo de las cuestiones planteadas, que habrán de ser resueltas en el arbitraje definitivo ante un tribunal del propio Instituto de Arbitraje de los Países Bajos que se constituirá en diciembre.
Pese a ello, el árbitro que dicta las medidas cautelares ha apreciado al menos una apariencia de buen derecho (fumus boni iuris) en los argumentos de Total, representado por Freshfields y Cremades. Eso supone admitir la posibilidad de que el fallo final pueda dar la razón a Total, aun sin prejuzgar nada, pues 'el árbitro no estima desprovista de todo fundamento la posición de SCH en cuanto a la ausencia de eficacia' de sus pactos con Total.
En definitiva, lo que el árbitro concluye es que el asunto de fondo es discutible y que mientras se discute, más vale mantener la situación previa a la opa, ya que 'si el tribunal arbitral que conoce el fondo confirma la validez de los acuerdos concluidos por las partes y obliga al SCH a respetar dichos acuerdos, la ejecución de esta sentencia podría quedar en nada por las iniciativas tomadas mientras tanto por SCH (...), tales como la venta de todo o parte de sus participaciones en Cepsa'.
Críticas a la ley
De la decisión arbitral se desprende además una fuerte crítica a la disposición adicional tercera de la ley de Transparencia ('introducida por una enmienda de último minuto en el Senado') por su complejidad y deficiente sintaxis: 'El texto es complicado y está redactado de manera poco satisfactoria', concluye el árbitro. La discusión abarca tanto a la literalidad de la ley como a su espíritu, sin que exista 'interpretación oficial de la misma o doctrina autorizada o decisión judicial'.
Además de prohibir al SCH que venda sus acciones de Cepsa (tanto las poseídas a través de la instrumental Somaen Dos como las compradas en la opa recién acabada), el árbitro ordena al banco no ejercitar los derechos de las acciones compradas en la opa (un máximo del 16%, aunque el resultado está pendiente de publicación).
El árbitro también impide al SCH que promueva una liquidación de Somaen Dos de tal modo que Total no pueda recuperar el 8,31% de Cepsa que le corresponde a través de dicha sociedad. También ordena a ambos que respeten los acuerdos en cuanto a la exigencia de mayorías cualificadas y consensos para la gestión de Cepsa. En particular, advierte a Total 'su solicitud de medidas provisionales no tiene por objeto directo o indirecto tomar el control de Cepsa y le ordena respetar este compromiso'.
Las medidas cautelares estarán vigentes hasta que el tribunal arbitral decida sobre el fondo del asunto o 'las partes lleguen a un acuerdo'. la única petición de Total denegada es la imposición de una sanción de cinco millones de euros al SCH, y se deja pendiente la decisión sobre las costas.
El Santander asegura que las medidas cautelares le suponen 'un grave perjuicio'
Los puntos clave de la decisión
Inmovilización¦bull; El árbitro 'ordena al SCH (...) que se abstenga de toda acción que pudiere conducir a que las acciones de Cepsa propiedad de Somaen Dos sean transmitidas o gravadas de derechos o a que las participaciones de Somaen Dos propiedad de su filial Riyal o las propias acciones de esta última sean transmitidas o gravadas de derechos.¦bull; Además, 'ordena al SCH (...) que se abstenga de toda acción que pudiere conducir a que las acciones de Cepsa adquiridas a través de la opa sean transmitidas o gravadas de derechos, y le ordena no ejercitar los derechos inherentes a estas acciones, salvo acuerdo contrario de las partes'.Liquidación¦bull; También 'hace constar al SCH los compromisos que ha asumido respecto a la liquidación de Somaen Dos repartir las acciones o, sin repartirlas, atribuir a cada socio los derechos políticos correspondientes a su participación económica; le ordena ajustarse a ellos y, en cuanto sea necesario, le ordena, actuando individualmente o a través de sociedades participadas o controladas, no provocar o intentar provocar la liquidación de Somaen Dos en condiciones que no respetarían los derechos de Total al recibir las acciones de Cepsa, a las que tienen derecho, salvo acuerdo contrario entre las partes.Gestión y control¦bull; En cuanto al control de Cepsa, el árbitro 'ordena al SCH y a Total (...) que se abstengan de toda acción que pudiere conducir a que las reglas de mayoría cualificada (...) pactadas entre las partes no sean respetadas; y a que las claves de reparto de los mandatos en el seno de los consejos de administración y de las comisiones ejecutivas de Somaen Dos y Cepsa sean modificados.¦bull; Hace constar a Total que las medidas provisionales no tienen por objeto directo o indirecto tomar el control de Cepsa y le ordena respetar este compromiso.