Los grandes bufetes coordinan la puesta en marcha de las normas antiblanqueo
Los abogados tienen ya ante sí la tarea de aplicar las nuevas medidas contra el blanqueo de dinero que ha aprobado el Congreso. A la espera de que se dicte el reglamento que desarrolla la norma, algunos grandes bufetes han comenzado a reunirse para acometer la aplicación de la ley y resolver sus posibles lagunas. Una de ellas es la posibilidad de conflicto entre el deber de secreto profesional y la nueva ley, algo que preocupa al propio Consejo General de la Abogacía.
Esta ley es una revolución para la abogacía'. Así resume el socio de un gran bufete de Madrid el impacto que tendrán las nuevas normas de lucha contra el blanqueo de capitales en el modo de trabajar de los despachos de abogados. Una norma que por primera vez incluye a estos profesionales en la lista de entidades y personas obligadas a colaborar con la Administración en la persecución de este delito.
A la espera de que durante el próximo semestre el Gobierno detalle en un reglamento los deberes exactos que tendrán que cumplir, en los despachos de algunos grandes bufetes corren aires de incertidumbre. Ello ha motivado que hayan decidido coordinar y analizar la puesta en aplicación de estas medidas para tratar de solventar algunas de sus ambigüedades. 'Tenemos que poner al día aspectos como el modelo de aceptación de asuntos y clientes, y eso nos hará revisar nuestra forma de trabajar para adaptarla exactamente a los requisitos de la ley', señala Francisco Peña, socio de Gómez-Acebo & Pombo.
Un estado de ánimo que comparte el propio Consejo General de la Abogacía, quien reconoce que la puesta en marcha de la norma puede terminar generando conflictos entre el sacrosanto deber de los letrados de guardar secreto profesional y algunas de las obligaciones que impone la ley. El ejemplo más claro es el deber de comunicar por iniciativa propia a la Comisión de Blanqueo de Capitales, todas aquellas operaciones de clientes en las que observen 'indicios o certeza' de que se está cometiendo este delito.
Preocupación
'Desde el Consejo General de la Abogacía estamos siguiendo todo este proceso con preocupación. Creemos que la línea que media entre el deber de secreto profesional y la obligación de colaborar es muy fina y puede dar lugar a problemas de interpretación', señala Antonio Ruiz Jiménez, secretario técnico del CGAE. Ruiz Jiménez considera que serán los tribunales los encargados de marcar, a golpe de sentencia, esos límites.
Esa delgada línea a la que aluden los abogados surge de la letra de la propia ley, que impone el deber de colaboración a los bufetes, pero, al mismo tiempo, reconoce su deber de guardar secreto sobre los datos que obtengan cuando 'determinen la posición jurídica de sus clientes', les defiendan en un procedimiento o les asesoren para evitar un proceso.
'Es evidente que tendremos que ser muy escrupulosos con el secreto profesional, porque hay aspectos de la ley que están sujetos a interpretación. Habrá que buscar un punto de equilibrio', señala José Ramón Martínez, socio de Garrigues. Martínez recalca que las situaciones que prevé la ley 'se dan raramente' en los despachos y, en caso de que se den, existe un Código Penal para perseguirlas.
Desde el Consejo General de la Abogacía el mensaje es claro: los abogados deben seguir ejerciendo su labor -incluido el asesoramiento- bajo el paraguas del secreto profesional, siempre que actúen en la legalidad. 'Yo recomendaría a los abogados que se amparasen en el secreto profesional siempre, porque, entre otras cosas, si lo violan pueden tener problemas. Ahora bien, otra cosa son las operaciones en el límite y los abogados que colaboran con ellas, que ya no son abogados y ya no pueden ampararse en nada para justificar esa actuación', afirma Ruiz Jiménez. Los cabos sueltos que, según el sector, quedan en la ley son amplios. Así, una de las materias que están examinando los bufetes son las credenciales que deberán exigir a sus clientes como identificación, un requisito que impone la ley. 'En el caso de las personas físicas será sencillo. Pero en las jurídicas ya es más complicado, porque la ley no especifica cómo realizar esa identificación. Habrá que solicitar el NIF, acudir a los registros, y si son extranjeras, por ejemplo, el tema se complicará todavía más'.
Confidencialidad Ni una palabra al investigado
Por si no estuviese suficientemente claro el objetivo de la ley, entre las normas que el texto impone tanto a abogados como a asesores fiscales y auditores figura la prohibición de revelar 'ni al cliente ni a terceros' las informaciones comunicadas a la Comisión de Blanqueo.Tampoco se les podrá advertir de que 'se está examinado una operación por si pudiera estar vinculada al blanqueo de capitales'.
Comunicación Operaciones sospechosas
El deber de colaborar con la Comisión de Blanqueo de Capitales implica la comunicación, 'por propia iniciativa', de cualquier operación sobre la que exista 'indicio o certeza' de haber incurrido en ese delito. La única excepción que la ley prevé a esta obligación son las actuaciones en que los profesionales realicen bajo el deber de secreto profesional, es decir, cuando ejerciten el derecho de defensa de su cliente.
Control Examinar todo lo inusual
Los abogados tendrán que examinar todas las operaciones que, 'por su naturaleza', puedan estar vinculadas al blanqueo de capitales. Las directrices de la ley no son muy explícitas. El texto señala que se examinarán las operaciones 'complejas, inusuales o que no tengan un propósito económico o lícito aparente'. El resultado del examen deberá recogerse por escrito y la documentación mantenerse cinco años.
Clientes Identificación con lupa
La Ley de Régimen Jurídico de los Movimientos de Capitales y de las Transacciones Económicas en el Exterior impone a bufetes y otras entidades severas medidas de control de los clientes. Los despachos deberán identificarlos y recabar información verificada sobre su actividad profesional. Además, el control se extenderá a los casos en que se sospeche que un cliente actúa en nombre de un tercero.
Normas internas Políticas de admisión
Otro de los deberes que tendrán que acometer los despachos será el establecimiento de 'procedimientos y órganos de control interno' para impedir la realización de operaciones relacionadas con el blanqueo de dinero.Así, los profesionales tendrán que implantar una política 'expresa' de admisión de clientes, algo con lo que ya cuentan la mayor parte de los bufetes de abogados.