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Fichajes

El Banco Pastor ficha a la directora general del Tesoro, Gloria Hernández

El Banco Pastor sorprendió ayer al sector financiero con el anuncio del fichaje de la directora general del Tesoro, Gloria Hernández, que a partir del próximo día 1 de septiembre ejercerá el cargo de directora general financiera de la entidad. Hernández, nacida en 1959, pertenece al Cuerpo de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado. Su dimisión como directora general del Tesoro será anunciado hoy en el Consejo de Ministros, y será sustituida por Belén Romana, que hasta ahora ocupaba la Dirección General de Política Económica. Hernández era también consejera del Banco de España y de la CNMV, representando al Ministerio de Economía, por su cargo en el Tesoro.

El nombramiento de Gloria Hernández en el Pastor llama la atención si se tiene en cuenta que su salida del Tesoro se produce sólo dos meses antes de su incorporación al banco, aunque ayer el Pastor ya comunicó a la CNMV su nombramiento.

A pesar de esta inmediatez entre su salida de la Administración y su incorporación al sector financiero, no existiría incompatibilidad alguna para aceptar dicho puesto, según todas las fuentes consultadas, incluidas el Banco Pastor, que asegura que se ha asesorado convenientemente antes de realizar este fichaje.

Hernández sólo está a la espera del último trámite burocrático. Ya ha comunicado a la Inspección General del Estado la actividad que va a desempeñar y este departamento dependiente del Ministerio de Administraciones Públicas comprobará si la ex directora general ha resuelto algún expediente relacionado con el Pastor desde que llegó al Tesoro. Según la Ley de Incompatibilidad de Altos Cargos, si hubiera elaborado algún expediente relacionado con el banco, le impediría asumir el nuevo cargo. Este trámite se resolverá este mes.

Su nombramiento tampoco se ve afectado por las normas de incompatibilidad del Banco de España (artículo 26 de su Ley de Autonomía, que sólo afecta al gobernador, subgobernador y directores generales) o la CNMV (artículo 21 de la Ley del Mercado de Valores).

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