Las empresas familiares ordenan su horizonte
Los protocolos familiares dejarán pronto de ser un asunto exclusivamente de familia. La Ley de Nueva Empresa obliga al Gobierno a regular el contenido de estos pactos para facilitar su publicación en el Registro Mercantil. El Instituto de la Empresa Familiar y el Colegio de Registradores han elaborado un borrador dirigido al Ministerio de Justicia, en el que definen qué acuerdos deberán gozar de protección registral y cuáles seguirán siendo asuntos internos.
La recién estrenada Ley de Nueva Empresa sacará los protocolos familiares de las cajas fuertes y facilitará que parte de su contenido pueda acceder a los registros mercantiles. El Instituto de la Empresa Familiar y el Colegio de Registradores están ultimando una propuesta, que enviarán en breve a los Ministerios de Economía y Justicia, en la que definen lo que consideran que debe ser la regulación de este instrumento legal, un acuerdo cuyo objetivo es definir las relaciones entre familia y empresa para minimizar los conflictos y facilitar la sucesión. No en vano, sólo el 21% de los negocios familiares españoles llega a la tercera generación.
'Queremos que cada negocio familiar decida qué grado de publicidad quiere dar a sus acuerdos internos', señala Luis Fernández del Pozo, del Colegio de Registradores. Así, la propuesta renuncia a dibujar un modelo-tipo de protocolo y únicamente clasifica su contenido en tres categorías -pactos reservados, pactos públicos y pactos parasociales- para definir cuáles deben acceder al registro y cuáles no.
Los pactos reservados se seguirán manteniendo en el ámbito estrictamente interno por razones de intimidad familiar. 'Hemos excluido ciertos acuerdos en atención a razones legítimas de confidencialidad y de interés exclusivamente familiar', explica Del Pozo. La segunda categoría, los pactos públicos (aquellos que forman parte del estatuto de la compañía) se inscribirán en el registro con el objetivo de reforzar su valor y proteger a la empresa y a la familia frente a intereses económicos de terceros. 'Si una familia decide, por ejemplo, limitar la venta de participaciones fuera de la estirpe, la inscripción de ese pacto en el registro permitirá hacerlo valer frente a terceros', señala Del Pozo.
La tercera categoría, los pactos parasociales, recoge aquellos acuerdos que no se introducen en los estatutos, pero tampoco son secretos. 'Un ejemplo son los sindicatos de voto, que afectan a la empresa, pero no están incorporados en los estatutos'. Este tipo de cláusulas no tendrán que inscribirse, sino sólo depositarse en el registro. 'Hemos consultado a las empresas y están muy interesadas. El Gobierno sabe que estamos trabajando en ello'.
Los sindicatos de voto saldrán del ámbito familiar
Los sindicatos de voto entre primos, hermanos o sobrinos; los pactos sucesorios; o cuestiones como el régimen matrimonial de los hijos o del fundador de la empresa (establecimiento del régimen de separación de bienes, por ejemplo) no son aspectos que se contemplen en los estatutos sociales, pero sí podrán depositarse en el Registro Mercantil.La propuesta que el Instituto de Empresa Familiar y el Colegio de Registradores enviará al Gobierno prevé que el depósito se lleve a cabo a través de una certificación expedida por el secretario del consejo de familia con el visto bueno del presidente. Los pactos podrán estar suscritos por todos o sólo por parte de los socios de la empresa familiar o, si se trata de varias sociedades, del grupo de empresas.Otra de las cuestiones que se consideran acuerdos parasociales son las menciones a la historia de la empresa familiar; un aspecto, que según los expertos, suele aparecer con frecuencia incluído en estos instrumentos.
Los límites a la venta de acciones se harán públicos
Los pactos públicos o estatutarios comprenderán todos aquellos acuerdos de la empresa familiar que se incorporen a los estatutos. Según explica Luis Fernández del Pozo, el abanico de estas cuestiones es muy amplio, aunque la propuesta que registradores y empresas familiares prevén enviar al Gobierno recoge una lista de las más destacadas.Así, se podrán inscribir en el registro cuestiones como el establecimiento de bonos y ventajas del fundador o de participaciones privilegiadas, la creación del consejo de familia, cuyo objetivo es supervisar y asesorar a la junta y al consejo de administración, o las restricciones a la transmisibilidad de las participaciones y el régimen de sanciones por su incumplimiento. 'Son acuerdos importantes que, si no se hacen públicos, son muy frágiles y en cualquier momento pueden saltar por los aires', señala Del Pozo. La lista no acaba ahí. Tanto la política de dividendos como el sometimiento a arbitraje de los conflictos son también pactos públicos.
La 'cláusula antiyerno' seguirá en la sombra
Asuntos como la decisión de no permitir entrar en la empresa a los familiares políticos (la denominada por algunos especialistas cláusula antiyerno) o el reparto de participaciones a un hijo no reconocido legalmente, se manejan mejor en la intimidad del hogar.Por esa razón, el borrador de regulación que ha elaborado el Colegio de Registradores y el Instituto de la Empresa Familiar considera que estas cuestiones pertenecen al ámbito interno de la familia y, como pactos reservados, no prevé su acceso al registro.Así, será la propia familia la encargada de decidir qué cláusulas del protocolo quedarán reservadas a la intimidad familiar. 'Hay muchas cuestiones que levantan tantas ampollas en el seno de la familia que sería inimaginable que saliesen a la luz y se hiciesen públicas', señala un especialista en protocolos familiares, quien asegura haber tenido que sugerir a alguno de sus clientes la realización de una terapia familiar antes de planificar la sucesión.