Hacienda da marcha atrás y deja sin sancionar el fraude de ley
El Gobierno ha decidido finalmente que el fraude de ley -abuso en la utilización de una norma tributaria con el ánimo de pagar menos impuestos- siga sin llevar aparejada una sanción. El primer borrador de la nueva Ley General Tributaria, que entrará en vigor el próximo año, reformulaba este concepto e incluía la posibilidad de sanciones.
La intención inicial del Ejecutivo fue contestada por gran parte de asesores fiscales y órganos cualificados, entre ellos el Consejo de Estado. De este modo, ayer el Gobierno aprobó el anteproyecto de Ley General Tributaria, recogiendo la recomendación del Consejo de Estado. La figura del fraude de ley se reformula y pasa a denominarse 'conflicto en la aplicación de la norma tributaria', para ampliar las competencias de los inspectores en la lucha contra el fraude, pero renunciando, al mismo tiempo, a que las liquidaciones que practiquen los técnicos de Hacienda por esta vía lleven aparejada una sanción.
El Gobierno recogió ayer otra recomendación del Consejo de Estado por la que se introduce una mayor proporcionalidad en la cuantía de la nueva sanción por 'resistencia a las actuaciones de la administración tributaria'.
Esta nueva sanción penalizará a todo aquel que obstruya o se niegue a las actuaciones que efectúen las Administraciones.
Por lo demás, el Consejo de Ministros aprobó el borrador de la ley en los términos ya planteados hace un mes. El texto reforma la ley tributaria que estaba en vigor desde 1963, y armoniza los cambios llevados a cabo en 1985 y 1995 por los que se regulan las relaciones entre las administraciones y los ciudadanos en materia de tributos.
Entre las principales novedades destacan la reducción de las sanciones (en un 25%) cuando se paguen en periodo voluntario, y la creación de las llamadas 'actas con acuerdo' entre el contribuyente y la Agencia Tributaria.
En este último caso, las sanciones se reducen en mayor cuantía, en un 50%. La administración pretende premiar a quien colabore con Hacienda, a la vez que reduce la elevada litigiosidad. Y es que ir a los tribunales eleva considerablemente los costes de gestión del fisco y reduce la efectividad en el cobro de deudas. Para los que decidan no colaborar con Hacienda se endurecen las multas. La sanción por comisión repetida de infracciones se eleva entre el 5% y el 25%. La sanción por perjuicio económico para hacienda aumenta entre el 10% y el 25%.
Por otra parte, la nueva ley aumenta las garantías de los contribuyentes. Así, todas las consultas tributarias escritas serán vinculantes. Además se amplía de 15 días a un mes el plazo para que los contribuyentes puedan recurrir y se agiliza la resolución de las reclamaciones con la creación de órganos 'unipersonales' en los tribunales económico-administrativos.
Esto implica, no obstante, la renuncia a órganos de arbitraje, como pretendía la primera comisión de expertos para la reforma de la ley, encargada por el propio Ejecutivo. El Gobierno ha aprovechado también para regular el cumplimiento de las obligaciones tributarias por medios telemáticos, incluidas las autoliquidaciones y verificaciones de datos o 'paralelas'.
Por otro lado, el Consejo de Ministros envió ayer al Consejo de Estado el anteproyecto de ley de subvenciones por el que el Gobierno pretende aumentar el control sobre los cerca de 50.000 millones de euros anuales que se conceden en ayudas públicas.