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Directiva

El Ecofín aprueba la legislación europea sobre fondos de pensiones

Los ministros de Economía y Finanzas de la Unión Europea aprobaron hoy, martes, tras más de diez años de debates, una directiva que permitirá a los organismos de previsión para la jubilación ofrecer sus servicios en el conjunto de la UE.

La directiva, adoptada con la única abstención de Bélgica, se considera como un elemento clave para crear un auténtico mercado interior de pensiones profesionales de jubilación y su objetivo es proporcionar un alto grado de protección a los afiliados y a los beneficiarios de los fondos de jubilación. De igual forma, posibilitará que los organismos de previsión puedan operar con un máximo de seguridad y de eficacia, a la vez que estarán sujetos a condiciones de actividad precisas.

Los fondos de pensiones dan cobertura a cerca de un 25% de la población activa de la UE y gestionan activos por valor de 2.500 millones de euros (29% del Producto Interior Bruto de los Quince). El comisario europeo de Mercado Interior, Frits Bolkestein, ha considerado que gracias a la nueva directiva los fondos de pensiones dispondrán de un marco coherente para el ejercicio de sus actividades en el seno del mercado interior¢.

Bolkestein ha señalado que con la aprobación de esta directiva ¢se podrá utilizar esta plataforma para proponer jubilaciones más seguras y sostenibles¢. Además, permitirá a empresas y ciudadanos aprovecharse de fondos de pensiones paneuropeos ¢más eficaces¢ y contribuirá a ¢desactivar la bomba de efecto retardado que representa el problema de las jubilaciones¢. Con las nuevas normas, los afiliados y beneficiarios deberán estar ¢adecuadamente informados sobre las reglas del régimen, la situación financiera de la institución con la que contratan un fondo de pensiones y de sus derechos¢.

Además, los pagos que se realizarán una vez que llegue el momento de la jubilación serán calculados con prudencia y estarán soportados en la contabilidad de la empresa con activos suficientes. La directiva permite a las instituciones privadas de pensiones aceptar la filiación de una sociedad situada en otro Estado miembro, así como gestionar un fondo de jubilación para ella.

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