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Reformas fiscales

España se convierte en un 'paraíso fiscal' para atraer a las grandes multinacionales

Vodafone, Hewlett-Packard, American Express, General Mills o Eli Lilly comparten un vínculo común: todas ellas utilizan España para canalizar todo o parte de sus participaciones en empresas extranjeras. Y es que los sucesivos cambios introducidos en la normativa tributaria han convertido a España en uno de los países más beneficiosos fiscalmente para este tipo de inversiones. Así lo atestigua el éxito. Entre 50 y 100 de las principales compañías del mundo, pertenecientes al club de los 500 líderes mundiales, tienen entidades de tenencia de valores extranjeros (ETVE) radicadas en España, según los cálculos de expertos del sector.

El régimen de las ETVE se constituyó como 'una apuesta clara para que España se convirtiera en el canalizador de la inversión extranjera y como una puerta de entrada a Europa', explica un experto. Sus principales armas son la exención para los dividendos y plusvalías de fuente extranjera, siempre cumpliendo determinadas condiciones y una vez que hayan tributado en su país de origen. La ventaja española es, en este caso, la neutralidad sea cual sea la fiscalidad aplicada en la nación fuente de las ganancias de capital o dividendo, frente a la actitud de otros países que obligan a las empresas a pagar a sus Haciendas respectivas la diferencia.

Vodafone tiene claro que han sido estas dos cualidades las que le han llevado a elegir a España, frente a otros 24 países donde opera, para radicar uno de sus holdings. El líder mundial de la telefonía móvil cuenta con otras dos sociedades tenedoras de valores en Holanda y en Luxemburgo, pero reconoce que, en estos momentos, 'España ofrece uno de los regímenes más favorables'.

Vodafone, al igual que el resto de las grandes multinacionales, 'estudia constantemente los cambios en la legislación y las normas que resultan más ventajosas para este tipo de inversiones', explica una portavoz de la operadora, y toma la decisión dependiendo de las conclusiones que saque. La telefónica británica tiene una ETVE con un capital de 4.642 millones de euros, puesto que ha optado por canalizar desde España la operación de compra del 100% de tres filiales extranjeras.

Según la legislación española, las empresas susceptibles de acogerse al régimen de las ETVE son aquellas 'cuyo objeto social comprenda la actividad de gestión y administración de valores representativos de los fondos propios de entidades no residentes en territorio español, mediante la correspondiente organización de medios materiales y personales'. Y, aunque existen varias limitaciones, las dos características más importantes que deben cumplir estas compañías es ser titulares de una participación en una empresa no especulativa -es decir, tiene que producir- y que los dividendos o plusvalías hayan tributado en algún momento.

De hecho, la ley prohíbe expresamente la exención de todo rendimiento que haya pasado por un paraíso fiscal, incluso si no se ha originado allí.

En la carrera por convertirse en un centro de inversiones internacionales, España ha superado incluso a Holanda. Según Matías Jiménez Brito, asociado senior del Grupo de Tributación Internacional de Ernst & Young Abogados, las principales ventajas de una ETVE nacional frente a una holandesa, por ejemplo, son 'la exención en dividendo y ganancias de capital de fuente extranjera, con inversiones que, aunque supongan menos de un 5% sean superiores en montante de seis millones de euros; la no tributación de distribuciones de dividendos cualificadas y de ganancias de capital en la venta de acciones de la ETVE, la deducibilidad de la amortización del fondo de comercio financiero y la de los gastos financieros'.

Otra ventaja que tiene España es que ha dotado a las ETVE de un régimen de transparencia y controles internacionalmente reconocido que permite a las multinacionales utilizar este vehículo sin ningún tipo de condicionante. Otros países, como Holanda o Bélgica, han recibido en mayor o menor medida recriminaciones de Estados Unidos de las que España está a salvo.

Miles de millones en inversiones que dejan réditos

La legislación tributaria española ha sufrido muchas modificaciones antes de convertirse en el reclamo que es hoy para las multinacionales extranjeras. En un principio, la exención para los dividendos y plusvalías de fuente extranjera no existía y lo que se aplicaba era una deducción plena. Posteriormente se creó un régimen particular para las ETVE en el que sí se recogía la exención, aunque no como rige actualmente.La exención tal y como consta hoy en la normativa nacional se creó con carácter general, para las sociedades españolas, con el objetivo de permitir la internacionalización de empresas como Telefónica, Endesa o Repsol con sociedades radicadas en España. Dado su éxito, los reguladores decidieron hacerlo extensivo a las ETVE. Esta última modificación data de 2000 y ha sido la que ha convertido a este régimen en todo un éxito que ha permitido que se canalicen a través de España miles de millones en inversiones. De hecho, la mayoría de las multinacionales que han constituido ETVE lo han hecho desde ese año.La pregunta que queda en el aire es qué gana España con todo ello. Un primer paso es conseguir que las empresas españolas usen holdings nacionales y no holandeses para canalizar sus inversiones en el exterior, pero ¿por qué hacerlo extensivo a las compañías extranjeras, sobre todo cuanto la filosofía es permitir la no tributación?Diversos expertos no tienen ninguna duda sobre los beneficios. Aunque las compañías no paguen impuestos sobre los dividendos y plusvalías de fuente extranjera bajo determinadas circunstancias, sí lo tienen que hacer en otras, lo que deja dinero en España. Además, tributan por otros conceptos, como las rentas empresariales, y generan empleo en un sector, como el de servicios, que siempre interesa potenciar.En el horizonte acechan riesgos, como la incorporación de nuevos países a la UE con regímenes ventajosos como el de Chipre.

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