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Marcas

Cuando no está claro de quién es la patente

Cuando Vicente, un técnico investigador de reconocido prestigio, fue contratado por una empresa de materiales prefabricados, no sospechaba ni por asomo que acabaría enfrentándose a su compañía ante los tribunales. Vicente, que comenzó a trabajar como director de un programa de investigación, aportó a su nuevo empleo una patente cuyo registro había solicitado unos meses antes de ser contratado. Y ése fue su gran error.

Así, la decisión de presentar el invento en su nuevo puesto desencadenó un conflicto que terminaría enfrentando a trabajador y empresa, ya que la compañía reclamó la titularidad del invento como propia y negó que el trabajador lo hubiese desarrollado antes de ser contratado. Tras varios meses de abogados, demandas y procedimientos, fue la Audiencia Provincial de Cantabria la que puso orden en la disputa declarando que el invento -un nuevo tipo de paneles prefabricados de hormigón armado- pertenecía en exclusiva al investigador y condenando a la compañía a indemnizarle por los daños y perjuicios sufridos.

La historia de Vicente es un ejemplo de lo que puede suceder cuando no se tienen claros los límites de las denominadas 'patentes laborales', es decir, las invenciones que los trabajadores desarrollan en el seno de la empresa. Todas las situaciones que pueden darse en este marco están reguladas por la Ley 11/86 de Patentes, una norma que establece diferentes soluciones de acuerdo a cada situación. Así, tanto empresas como trabajadores pueden encontrarse con tres grandes escenarios de posibles conflictos que conviene conocer.

Invenciones de encargo. Son las invenciones realizadas por un trabajador mientras su contrato laboral o la relación que le une a la empresa están vigentes y que son fruto de la actividad para la que ha sido contratado.

'En este caso las invenciones pertenecen al empresario, aunque, si la aportación del trabajador o la importancia del invento superara de forma evidente el contenido del contrato o la relación de trabajo, el empleado tendrá derecho a una retribución suplementaria', explican fuentes del departamento jurídico de J. Isern Patentes y Marcas. Un ejemplo de este tipo de patentes puede ser la actividad desarrollada por los investigadores en una empresa de biotecnología.

Libres. Son todas aquellas en las que no se dan las condiciones anteriores, o lo que es lo mismo, inventos desarrollados por el trabajador en su tiempo libre que no tienen nada que ver con el objeto de su relación de trabajo o de su contrato.

Por todo ello, tanto la invención como el derecho de patentarla pertenecen al trabajador en exclusiva. Sería el caso, por ejemplo, de un empleado de una fábrica de embotellamiento de cerveza que inventa un dispositivo destinado a limpiar con mayor eficiencia y seguridad las fachadas de los edificios.

Relacionadas con el trabajo. Este tercer tipo de invenciones se desarrollan cuando el trabajador realiza una invención que tiene relación con la actividad de la empresa o con su trabajo en ella, utilizando los conocimientos adquiridos en la compañía o los medios que ésta le proporciona. Según los expertos de J. Isern Patentes y Marcas, 'en estos casos el empresario tiene derecho a asumir la titularidad de la invención o a reservarse un derecho de utilización sobre ella', mientras que el trabajador, por su parte, está obligado a comunicar su hallazgo a la empresa.

Una vez realizada la comunicación, la compañía tendrá que decidir si patenta la invención o se reserva el derecho a utilizarla. En caso de que lo haga así, el trabajador recibirá una compensación justa por la invención; si la empresa renuncia a la patente, será totalmente libre para explotar la invención por su cuenta. En cualquier caso, si la empresa decide patentar el hallazgo, la solicitud de patente deberá reconocer el derecho moral y creativo del inventor.

En el supuesto de que el trabajador-inventor decidiese abandonar su trabajo para liberarse de la obligación de comunicar su invención al empresario, la ley faculta a la empresa para reclamar durante el año siguiente a la finalización del contrato los derechos sobre cualquier solicitud de patente que haya realizado el empleado durante ese plazo de tiempo. Serán los tribunales los encargados de tomar la decisión.

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