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Normativa

El Gobierno aprueba la nueva ley de tasaciones inmobiliarias

El Ministerio de Economía ha aprobado, con su publicación en el BOE, la nueva legislación sobre normas de valoración de bienes inmuebles, cuyo fin es evitar introducir en su cálculo el valor de mercado o posibles revalorizaciones futuras del activo objeto de tasación.

La nueva norma, que entrará en vigor el próximo mes de octubre y que deroga la anterior regulación del sector, aprobada en noviembre de 1994, persigue también adaptar el sistema de cálculo de tasación a leyes aprobadas después de dicha fecha, como la Ley del Suelo de 1998, la Ley de Introducción del Euro, y el Real Decreto Ley sobre Firma Electrónica, entre otras. En concreto, la nueva legislación establece normas para el cálculo del valor de tasaciones de bienes inmuebles que potencien la calidad técnica y formal de las valoraciones, con el objetivo último de ¢proteger más y mejor los intereses de terceros en su condiciones de asegurados o inversores¢.

Valor hipotecario

El nuevo texto establece la diferencia entre el valor hipotecario (el valor sostenible en el tiempo) de un inmueble y el valor de mercado (el valor en un momento del tiempo). La ley define valor de mercado como aquel al que podría venderse el inmueble mediante contrato privado entre un vendedor y un comprador independientes en las condiciones de mercado. En cuanto al valor hipotecario la ley considera que es ¢el valor de un inmueble determinado por una tasación prudente de la posibilidad futura de comerciar con el inmueble, teniendo en cuenta los aspectos duraderos a largo plazo de la misma, las condiciones del mercado normales y locales, su uso en el momento de la tasación y sus usos alternativos correspondientes¢.

Principios

La norma establece cinco principios que deberán regir todos los cálculos de valoración, entre los que destacan el de anticipación (expectativas de renta que presenta el inmueble), el de finalidad de la tasación, el mayor o menor uso, el principio de probabilidad, por el que el técnico, ante distintos escenarios o posibilidades, eliga aquellos más probables, y el de prudencia, ¢por el que entre varios escenarios o posibilidades de elección igualmente probables el tasador elija el que de como resultado un menor valor de tasación¢.

Entre las novedades que la nueva norma introducirá, destaca también la obligación de la empresa tasadora de advertir en su informe la posibilidad de que el inmueble valorado sufra minusvalías en el futuro. La nueva ley entrará en vigor dentro de seis meses (el próximo mes de octubre), aunque su disposición final tercera establece que desde su publicación hoy en el BOE y hasta dicha entrada en vigencia las tasaciones inmobiliarias pueden comenzar a realizarse mediante los nuevos parámetros que el texto introduce.

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