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Injerencia política

El ponente del caso sobre la 'acción de oro' respalda al Gobierno español

La Comisión Europea, que había denunciado a ambos Gobiernos por lo que considera una violación de la libre circulación de capitales, recordó que 'la sentencia es lo que importa'. El fallo final puede tardar varios meses. Pero el respeto a la independencia judicial no impidió que Jonathan Todd, portavoz del departamento comunitario de Mercado Interior, origen de la denuncia, ironizase en público sobre la cita de El Quijote que Ruiz-Jarabo incluye en sus conclusiones.

'No cargues todo el rigor de la ley', leyó Todd, entre perplejo y sarcástico, los consejos del caballero andante a su escudero Sancho Panza al otorgarle el gobierno de la ínsula Barataria. 'Que no es mejor la fama del juez riguroso que la del compasivo' .

Las reacciones fueron mucho menos literarias en privado. Fuentes cercanas al comisario de Mercado Interior, Frits Bolkestein, acusaron a Ruiz-Jarabo de 'incongruencia' al aplicar un rasero distinto a España y Gran Bretaña. 'En todo caso', aseguraron, 'hubiéramos esperado una benevolencia mayor con el caso británico porque afecta a un sector tan sensible como la seguridad aérea'. El tono de la polémica descendió incluso hasta tonos barriobajeros cuando algunas fuentes de la Comisión recordaban malintencionadamente la presencia de Ignacio Ruiz-Jarabo, hermano del abogado, al frente de la SEPI (Sociedad Estatal de Participaciones Industriales).

En la trinchera contraria, los defensores de la acción de oro como mecanismo de intervención pública hacían votos para que 'el abogado no haya ido esta vez demasiado lejos'. El equipo de De Palacio, que en su día intentó frenar la propuesta de Bolkestein de denunciar a España, teme que el Tribunal se aleje una vez más de los planteamientos de Ruiz-Jarabo. El magistrado presentó en julio del año 2001 otras sorprendentes conclusiones en las que abogaba por desestimar el recurso de la CE contra la acción de oro de los Gobiernos francés, belga y portugués.

Precedentes

El Tribunal, que en cuatro de cada cinco sentencias sigue bastante fielmente las recomendaciones del abogado, necesitó 11 meses para dar la vuelta a las conclusiones de Ruiz-Jarabo y condenar a Francia por la acción de oro en Elf Aquitaine y a Portugal por los obstáculos legales a la inversión extranjera. Los jueces sí admitieron la legalidad de la norma belga, que permite a las autoridades intervenir en el sector gasístico en caso de peligro para el suministro.

El magistrado español se revuelve ahora contra aquellas tres sentencias. Ruiz-Jarabo, abogado general desde el 19 de enero de 1995, invoca su obligación de 'presentar públicamente, con toda imparcialidad e independencia, conclusiones motivadas sobre los asuntos promovidos ante el Tribunal', para recrearse en subrayar lo que considera 'aspectos frágiles de la fundamentación recogida en las sentencias'.

Ruiz-Jarabo insiste en que, contrariamente a lo interpretado por el tribunal y la Comisión, la acción de oro atañe a la libertad de establecimiento y no a la de libre circulación de capitales.

El magistrado tampoco aprecia las diferencias en cuanto a proporcionalidad y discrecionalidad que el tribunal observó en los casos francés y belga. Eso no le impide, sin embargo, aferrarse a la sentencia favorable a Bélgica para intentar demostrar la similitud con el caso español. Y si acaso existe alguna diferencia, la normativa española 'destaca de los demás asuntos similares (...) por su carácter expresamente transitorio'. Ruiz-Jarabo considera además que, como en el caso belga, el Gobierno español debe justificar el ejercicio de veto que, en virtud de una ley de 1995, se arroga sobre las decisiones más importantes de las empresas privatizadas desde ese año. Además, señala el magistrado, ese veto es recurrible por las partes afectadas, lo cual garantiza un control.

El caso británico sí merece el rechazo sin paliativos de Ruiz-Jarabo, que acusa a la norma británica de no estar sujeta a control judicial.

Una amenaza que nunca se materializó

El Gobierno español nunca ha presentado un recurso basándose en la aplicación de la acción de oro que posee en Telefónica, Endesa, Repsol, Iberia o Indra. Sólo en el intento de fusión entre KPN y Telefónica, el ministro Rodrigo Rato blandió la amenaza de su veto para abortar la operación, aduciendo la presencia de capital público en la operada holandesa. Las fusiones de Tabacalera y Argentaria con la francesa Altadis y el BBV siguieron adelante sin obstáculos del Gobierno, que tras las operaciones renunció a la acción de oro en las dos antiguas empresas públicas. Por su parte, a los expertos en Derecho comunitario y de la Competencia no les ha sorprendido el dictamen favorable al Gobierno español del abogado general del Tribunal de Luxemburgo, Dámaso Ruiz-Jarabo. Su opinión no es vinculante, pero los jueces la tienen en consideración para emitir su sentencia. Alberto Escudero, del bufete Garrigues, recuerda que en la sentencia del 4 de junio de 2002, que sirve de precedente a este caso, el tribunal 'no siguió las recomendaciones que hizo este mismo abogado' para que legitimase las acciones de oro de los Gobiernos francés y portugués. Dicho fallo sólo ratificó el dictamen favorable de Ruiz-Jarabo para el caso belga, por lo que Escudero considera que 'es un poco pronto para que el Gobierno español cante victoria'. En su opinión, el abogado general 'parece un poco contradictorio en el apartado 41 de su dictamen', porque abre la puerta a una interpretación contraria a la que defiende. Además, señala que esta sentencia se dictó '11 meses después' de que Ruiz-Jarabo emitiera su informe. En cambio, Begoña Uriarte, del despacho Cuatrecasas, afirma que 'la sentencia tardará como mucho tres o cuatro meses, porque el tribunal ya tiene estudiado este caso y dadas las similitudes entre el régimen español y el belga'.

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