Tribunales
Reconocida la pensión por los hijos que viven en el extranjero
El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho a percibir la prestación familiar a un trabajador marroquí por los hijos que tiene a su cargo aunque viven fuera de España. El trabajador, residente en España y afiliado a la Seguridad Social, trabajó como peón metalúrgico en Fundiciones Pinto hasta que causó baja por enfermedad en 1992.
El trabajador solicitó la prestación por los cuatro hijos que tiene a su cargo y que viven en Marruecos con su esposa. En una sentencia de la Sala de lo Social, el Supremo establece que este trabajador marroquí tiene derecho a esta prestación no contributiva, en aplicación del acuerdo de cooperación UE-Marruecos, porque no es preciso cumplir el requisito de convivencia con sus hijos.