La CMT multa a Telefónica con 13,5 millones por retrasar la interconexión a otros operadores
El consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) acordó hoy sancionar a Telefónica de España con 13,5 millones de euros por demorar la prestación del servicio de interconexión por capacidad en telefonía fija a otros operadores, informó hoy este organismo.
Así, la CMT considera a la empresa responsable directa de la comisión de una infracción "muy grave" por incumplimiento de varias resoluciones, al negarse a proporcionar a los operadores interesados interconexión por capacidad y al no tener todavía totalmente implantado el nuevo modelo operativo de interconexión por capacidad combinada (voz y datos).
La Comisión entiende que Telefónica ha incurrido en una conducta infractora por incumplir esta obligación con Lince, privando a los usuarios de la posibilidad de nuevas ofertas. No obstante, este organismo ha apreciado un "cambio de actitud reciente" de Telefónica respecto a este "importante" asunto, por lo que ha reducido sustancialmente la cuantía de la sanción con respecto a la propuesta.
En una resolución de 9 de agosto de 2001, el consejo de la CMT aprobó la nueva Oferta de Interconexión de Referencia (OIR) para el operador dominante en el mercado de telefonía fija, en virtud de la cual se establecía un periodo de tiempo de sesenta días para que Telefónica introdujese el nuevo modelo de interconexión operativa por capacidad.
Según la CMT, este modelo, que se adoptó tras un periodo de consulta pública, supone una alternativa al tradicional modelo de interconexión por minuto, ya que tiene en cuenta el volumen de datos transmitidos y la capacidad de la red, y persigue evitar los "desequilibrios detectados" en las condiciones de actuación de Telefónica y de sus competidores.
En otra resolución posterior, la Comisión confirmaba el modelo de interconexión por capacidad previamente establecido y reiteraba que Telefónica debía ofrecer a los restantes operadores la modalidad de interconexión combinada (voz más Internet), conforme a las condiciones y precios establecidos en la OIR de agosto del año anterior