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Multa

Defensa de la Competencia abre un procedimiento sancionador a Sacyr

La compra por la constructora Sacyr del 24,5% del capital de Vallehermoso constituye una operación de concentración de empresas, según el Servicio de Defensa de la Competencia, que ha iniciado un procedimiento sancionador contra la constructora. Competencia remitió ayer un requerimiento a Sacyr para que en un plazo no superior a 20 días presente la correspondiente notificación. En el requerimiento se recuerda a la constructora que, 'con independencia del cumplimiento de dicho requerimiento, la ejecución de la operación en contravención de lo establecido' será sancionada con una multa. La multa por eludir la obligación de notificar previamente operaciones de concentración puede alcanzar un importe equivalente hasta de un 10% de la facturación.

El pasado 28 de mayo el grupo SCH y Sacyr comunicaron a la CNMV el acuerdo por el que Sacyr adquiría a la entidad financiera el 24,5% de Vallehermoso por 568,7 millones de euros, lo que fue publicado por la CNMV como hecho relevante. El 3 de junio el Servicio de Defensa de la Competencia remitió un escrito a Sacyr recordándole la obligación de notificar a este servicio cualquier operación de concentración.

En su contestación, recibida en el Servicio de Defensa de la Competencia el 18 de junio, Sacyr dio a entender que la compraventa aún no se había ejecutado y que no constituía una operación de concentración, pues no había tomado el control de Vallehermoso. Competencia solicitó información adicional a la constructora, que remitió una serie de datos en los que constaba que la compra de Vallehermoso por Sacyr se produjo el pasado 12 de junio, fecha que coincide con el nombramiento de un nuevo presidente en Vallehermoso (José María Cuevas, presidente de la CEOE), así como de otra serie de nombramientos en los órganos de gobierno de la inmobiliaria.

El Servicio de Defensa de la Competencia, a la vista de la información disponible, ha concluido que la compra por Sacyr al SCH del 24,5% de Vallehermoso constituye una operación de concentración de empresas, por lo que, según la ley, no podrá llevarse a efecto ni antes de ser notificada ni antes de que la Administración manifieste, de forma expresa o presunta, su no oposición a la misma, o la subordine a determinadas condiciones.

Fuentes de Sacyr indicaron ayer que la constructora no consideró necesario comunicar la compra, dado que con la operación pasa a controlar sólo el 2% del mercado inmobiliario. Aun así, de acuerdo con el requerimiento recibido, la comunicará a Defensa de la Competencia.

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