La doctrina judicial no ve indicios de que las petroleras concierten sus precios
Aunque es muy probable que pasen años hasta que exista sentencia firme respecto a los contratos de abanderamiento de Repsol y Cepsa o a la concertación de precios entre las operadoras, los precedentes hacen pensar que cualquier sentencia contraria a los intereses de las petroleras sería un cambio sustancial respecto al pasado.
La resolución más reciente es la emitida por el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) desestimando el recurso del Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC) contra el acuerdo del Servicio de Defensa de la Competencia (SDC), por el que se archivaba su denuncia contra Repsol YPF, Cepsa y BP por supuesta concertación de los precios del gasóleo.
Además, la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional decidió el pasado 29 de abril desestimar el recurso de la Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio contra un acuerdo del TDC de diciembre de 1999. En esa resolución, el TDC declaró acreditada la realización por parte de la confederación de una conducta restrictiva de la competencia, por 'elaboración y difusión de una recomendación colectiva a las estaciones de servicio para que adoptasen unánimemente una postura de rechazo a las comisiones propuestas por las empresas petrolíferas'.
Hasta la fecha no se ha producido ninguna resolución del TDC ni ninguna sentencia de otra instancia judicial que condene a una petrolera, y otra sentencia de la Audiencia del mes de enero ha considerado lícitos los contratos de suministro de Cepsa al reconocer que ésta es quien 'asume el riesgo de oscilación de los precios, paga el impuesto especial y realiza el transporte de la mercancía'.
Aunque es muy probable que pasen años hasta que exista sentencia firme respecto a los contratos de abanderamiento de Repsol y Cepsa o a la concertación de precios entre las operadoras, los precedentes hacen pensar que cualquier sentencia contraria a los intereses de las petroleras sería un cambio sustancial respecto al pasado.
La resolución más reciente es la emitida por el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) desestimando el recurso del Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC) contra el acuerdo del Servicio de Defensa de la Competencia (SDC), por el que se archivaba su denuncia contra Repsol YPF, Cepsa y BP por supuesta concertación de los precios del gasóleo.
Además, la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional decidió el pasado 29 de abril desestimar el recurso de la Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio contra un acuerdo del TDC de diciembre de 1999. En esa resolución, el TDC declaró acreditada la realización por parte de la confederación de una conducta restrictiva de la competencia, por 'elaboración y difusión de una recomendación colectiva a las estaciones de servicio para que adoptasen unánimemente una postura de rechazo a las comisiones propuestas por las empresas petrolíferas'.
Hasta la fecha no se ha producido ninguna resolución del TDC ni ninguna sentencia de otra instancia judicial que condene a una petrolera, y otra sentencia de la Audiencia del mes de enero ha considerado lícitos los contratos de suministro de Cepsa al reconocer que ésta es quien 'asume el riesgo de oscilación de los precios, paga el impuesto especial y realiza el transporte de la mercancía'.