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Competencia

Altadis recurre la sentencia que le obliga a suministrar a McLane

Altadis alegó que la sentencia "no se ajusta a derecho, porque impone un proveedor de servicios logísticos". En un comunicado emitido hoy, Altadis explica que también ha solicitado la suspensión de la ejecución de la resolución del TDC y que ha abonado la multa de tres millones de euros, impuesta por este organismo, "sin perjuicio de que espera que la Audiencia Nacional la considere también improcedente y, en su momento, la anule".

La tabaquera argumentó que la sentencia del TDC impone un proveedor logístico y, en este sentido, recordó que no hay ningún precedente similar ni en España ni en el resto de la Unión Europea y que esta medida carece de base legal.

"Es la primera vez que se obliga a una empresa que ya tiene organizada su logística a contratar sus servicios con un operador determinado", apostilló Altadis, que destacó que la distribución de tabaco es un sector liberalizado, donde cada fabricante de tabaco puede elegir libremente un operador.

"El TDC impide ejercer la libertad de adoptar la decisión empresarial de elegir distribuidor, derecho básico y fundamental para la libertad de empresa", insistió Altadis.

Subrayó que el TDC no tiene en cuenta el cambio legislativo desde que McLane presentó la denuncia contra Tabacalera (ahora Altadis) en 1996, porque entonces existía una situación de monopolio en la fabricación y distribución de tabaco; mientras que ahora estos mercados están liberalizados desde 1998 y desde 1999 y 2000, respectivamente.

Agregó que la resolución del TDC no influye "en absoluto" sobre los consumidores, ya que los distribuidores mayoristas no intervienen en el precio de venta final, porque cada fabricante establece el precio de sus marcas y los márgenes de los estanqueros y segundo canal están establecidos por Ley.

Advirtió de que esta decisión del TDC crea un precedente en el sector logístico en general, que podría llevar a situaciones anticompetitivas, "ya que se podría dar la contradicción de que los fabricantes estuvieran obligados a dar sus productos a cualquier distribuidor que se lo pida, lo que desincentivaría la competencia entre ellos al no tener que esforzarse por obtener el producto".

El Tribunal de Defensa de la Competencia dictó el 24 de abril una resolución en la que obligaba a Altadis a suministrar a McLane sus marcas de cigarrillos e imponía una multa de tres millones de euros por su negativa a abastecer a la distribuidora de sus productos.

Según Altadis, actualmente en España hay cinco operadores logísticos autorizados para distribuir tabaco, que cobran por ese servicio sin intervenir en el precio de venta del producto y que están obligados por ley a tratar igual a todos los estanqueros.

En el ámbito de la distribución minorista, el Estado otorga los estancos por concesión administrativa, en tanto que la venta en el segundo canal requiere de una licencia administrativa del Estado.

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