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Hacienda

Hacienda explicará la carga fiscal que soportan los contribuyentes en el IRPF

Por primera vez, Hacienda notificará a los contribuyentes la carga fiscal que han soportado en el IRPF. Una carga que afecta tanto a quienes ahora han de pagar como a quienes tienen derecho a devolución, porque todos, por la vía de las retenciones, ya han ido pagando su impuesto. Para calcular este dato se tienen en cuenta los mínimos personales y familiares, que, un año más, se mantienen invariables.

Personal, directo y progresivo. Así es el IRPF. Detrás de esos adjetivos está un impuesto que se acomoda a las peculiaridades de cada contribuyente (estado civil, de salud, hijos...), que recae sobre una manifestación explícita de su nivel económico como es la obtención de renta y cuyo gravamen crece según aumenta dicha renta. Bajo estas premisas se rigen los cálculos del IRPF que fijan el dinero que cada contribuyente da a Hacienda.

Retenciones. El IRPF se paga al presentar la declaración y también por la vía de las retenciones en cada ingreso que recibe el contribuyente. Las retenciones son así un anticipo del impuesto. El salario se somete a una retención calculada de forma semejante a la liquidación del IRPF. Pero no se tienen en cuenta, por ejemplo, la deducción por compra de vivienda o por aportaciones a planes de pensiones. La cantidad retenida se aproxima, pero no coincide forzosamente con el pago final del impuesto. También los intereses de las cuentas o depósitos bancarios, los dividendos o la plusvalía por la venta de fondos de inversión se retienen al 18%. Si por las retenciones se pagó más de lo que ahora corresponde, Hacienda devuelve el exceso. Si se pagó de menos, el contribuyente da la diferencia. En ambos casos se soporta una carga fiscal por el IRPF.

Carga fiscal. La suma de las retenciones más el pago final del impuesto o menos la devolución será el dinero que cada uno paga de IRPF. Para determinar la carga fiscal, se calcula el peso de este pago sobre los ingresos. Un contribuyente con ingresos brutos de 1.000 euros y 200 de retenciones y una cuota final de 50 euros a pagar contribuirá al impuesto con el 25% de sus ingresos. Si la cuota fuera de 50 euros a devolver, la carga fiscal sería del 15%.

Como novedad, Hacienda dará este dato. El servicio se implantará progresivamente, por lo que, este año, no llegará a todos. Además de la carga fiscal general, se dirá la parte cedida a las CC AA.

La base. Todos los ingresos no exentos (no se declaran porque lo dice la norma) forman la base del IRPF. La base especial es para ganancias y pérdidas de patrimonio por la venta de bienes y derechos con antigüedad superior al año. Y una base general para el resto de ingresos.

Los mínimos. De la base se restan el mínimo personal y familiar. Así sólo tributa la renta disponible, y no la destinada a necesidades básicas. Como desde que se aprobó el IRPF en 1999 estos mínimos no se han actualizado, para Hacienda una familia destina desde entonces el mismo dinero a estas necesidades. Y al ser una deducción en la base, con rentas más altas, el gravamen es mayor y, por tanto, también la deducción. Pero el esfuerzo fiscal se aligera más al bajar la renta.

El gravamen. La parte general se grava por una escala. Y la parte especial se grava a un tipo fijo o proporcional del 18% que no varía al aumentar o disminuir la base.

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