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Caja Navarra pagará dos indemnizaciones a un trabajador con dos contratos en vigor

Una sentencia del juzgado de lo social de Navarra ha reconocido que en caso de despido improcedente de un trabajador y en el caso de que mantenga dos contratos laborales con la empresa, "dos deben ser las indemnizaciones".

La sentencia, que publicará Actualidad Jurídica Aranzadi (número 512) estudia el caso de un empleado que entró a trabajar la Caja de Ahorros de Pamplona con un contrato laboral común. Años más tarde suscribió con la misma entidad un contrato de alta dirección entre cuyos pactos se estipuló que la relación laboral común quedaría en suspenso, de tal forma que al terminarse el contrato laboral especial, se recuperaría su relación común.

Debido a diversos procesos de fusión que desembocaron en la actual Caja Navarra, el empleado manifestó su voluntad de extinguir su contrato como director general y su intención de ejercitar la opción de reintegrarse en el contrato preexistente. Sin embargo, la caja de ahorros le comunicó, por un lado, la extinción su relación laboral especial de alta dirección y, al tiempo, el fin de la relación laboral común subyacente.

Ya ante los tribunales, el juez estima que "resulta con absoluta nitidez la existencia de dos contratos de naturaleza laboral que [...] han venido existiendo de forma simultánea". Para el juez queda claro que la extinción de la relación laboral especial, también comporta la extinción de la relación laboral común y esto equivale a un despido sin causa y, por tanto, da derecho a una indemnización.

De esta forma, el directivo ha cobrado la indemnización pactada con la caja de ahorros en caso de extinción de la relación de alta dirección (algo más de 106 millones de pesetas) y otra indemnización, impuesta por el juez, por la extinción de la relación laboral común (más de 90 millones de pesetas).

Según la sentencia "la indemnización no puede entenderse duplicada [...], sino que al ser dos los contratos existentes, dos deben ser las indemnizaciones, aunque no pueden ser de idéntica cuantía". No obstante, el fallo puede recurrirse.

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