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La Eurocámara debate una ley de acceso público a documentos

El Parlamento Europeo votará en primera lectura la propuesta de reglamento sobre el acceso público a los documentos de las instituciones comunitarias. El ejercicio de este derecho sólo podrá derogarse en casos en que se pongan en peligro intereses generales de la UE.

La propuesta de reglamento que debatirá el Parlamento Europeo es fruto de un acuerdo entre las instituciones comunitarias para garantizar el derecho de todo ciudadano o persona jurídica europea a acceder a los documentos de los organismos de la UE, salvo excepciones limitadas.

Según se explica en el documento, el ejercicio de esta facultad únicamente podrá derogarse en el caso de que se ponga en peligro el interés general en materia de seguridad pública, defensa, relaciones internacionales y política financiera, monetaria o económica, así como en los casos en que esté en juego el derecho a la privacidad.

El acceso público también puede ser denegado si los documentos ponen en peligro los intereses profesionales de una persona jurídica o abordan cuestiones pendientes de resolución en los tribunales u objeto de controles financieros.

Otro de los supuestos en que podrá rechazarse el acceso a la información se refiere a la publicación de documentos que puedan entorpecer el proceso decisorio de la institución a la que se refieran, excepto si concurre un interés superior. Todas estas excepciones podrán mantenerse durante un periodo máximo de 30 años.

Actividades

Según fuentes del Parlamento Europeo, el derecho de acceso que regulará el reglamento deberá ir unido al derecho a la información sobre las actividades de las instituciones comunitarias. Así, el Diario Oficial de las Comunidades Europeas (DOCE) deberá recoger todas las propuestas legislativas. Además, se crearán registros en las instituciones destinados a clasificar los documentos y se regulará el acceso a documentos cubiertos por una excepción para el caso de que exista una solicitud específica.

La información clasificada como secreta o confidencial no será registrada si no es con el acuerdo de la persona de la que emana. El rechazo a la publicación, que deberá estar fundamentado, será recogido en un informe anual que elaborará cada una de las instituciones de la UE.

El futuro reglamento obliga a responder a las solicitudes de publicación de los documentos en un plazo máximo de 15 días laborables. En caso de rechazo, el solicitante podrá demandar una confirmación que, si es realizada, le dará derecho a incoar un recurso ante el Tribunal de Justicia de la UE o a presentar una queja ante el Defensor del Pueblo Europeo.

La propuesta de reglamento será votada por el Parlamento el próximo día 3. Dado que existe un acuerdo previo con el Consejo y la Comisión, no será necesaria una segunda lectura para su adopción. El texto entrará en vigor a los seis meses de su publicación, pero las instituciones dispondrán de otro semestre para poner en marcha los nuevos registros.

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