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RELACIONES LABORALES

Nuevas opciones y 'bonus' para retener talentos

En estos primeros meses del año, los directivos suelen cobrar las retribuciones variables ligadas a objetivos. Casi todas se materializan en bonus o en opciones sobre acciones. Sin embargo, surgen nuevas formas de retribución. La caída de la Bolsa ha hecho que las empresas replanteen su política de retribuciones para fidelizar a los trabajadores valiosos.

Las opciones sobre acciones siguen estando a la cabeza, junto con los ya tradicionales bonus, pero cada vez aparecen nuevas fórmulas. Entre ellas se encuentran los planes de opciones fantasma, los bonus diferidos, la compra de acciones por el empleado, la entrega de acciones restringidas o de opciones sobre acciones también restringidas. No obstante, lo que más aceptación tiene desde hace un año son los planes mixtos donde se mezclan dos o más sistemas, según explican Bárbara Pardo de Santana y Kirsty Doyle, de Ernst & Young Abogados.

Las empresas que no cotizan en Bolsa o que no quieren entregar acciones al empleado utilizan los "planes de opciones fantasma", que consisten en bonus cuyo importe está ligado a la subida de la acción, de las ventas, de los beneficios o cualquier otro parámetro de la empresa.

Por ejemplo, se entregan al trabajador 100 opciones fantasma que valen cada una 10, ligadas a lo que suban las ventas; si las ventas suben un 100%, la opción fantasma pasa a valer el doble (20) y el trabajador recibe la diferencia (10). Si las ventas suben un 10%, la opción fantasma valdrá 11 y el trabajador recibirá 1 por cada opción que se le hubiera entregado. El valor de la opción fantasma se suele fijar en función del valor de la empresa.

Entre las ventajas para el empleado está la ausencia de límites en lo que puede llegar a cobrar, mientras que con un bonus hay una cifra máxima. Además, cuando el bonus está referido a objetivos no muy concretos no se sabe muy bien cuánto del mismo se va a cobrar, mientras que con las opciones fantasma se puede conocer en cada momento a qué se tiene derecho.

El tratamiento fiscal de las opciones fantasma es como el de un plan de opciones sobre acciones normal. Se trata de renta irregular del trabajo, con derecho a una reducción del 30% -con los límites fijados por la legislación- siempre que la entrega no sea anual o periódica y que desde la entrega de la opción hasta su ejercicio hayan transcurrido más de dos años.

Compra de acciones

Otro sistema utilizado en la política de retribuciones es la compra de acciones por parte del empleado. Cada mes, se retira una parte del sueldo del empleado y dos o tres veces al año se compran acciones de la empresa a un precio rebajado. Aunque en otros países esta retracción del sueldo está exenta de pagar impuestos, en España no existen beneficios fiscales; además, la rebaja del precio de las acciones tributa como retribución en especie.

Suele ser una fórmula más utilizada para empleados de todos los niveles que para directivos. También tienen ventajas fiscales en otros países los bonus diferidos: Se concede un bonus a un directivo pero éste decide no cobrarlo hasta dos años después; de esta forma difiere la tributación hasta un ejercicio en el que cree que pagará menos impuestos.

En España, Hacienda considera que se debe tributar en el año en que se concede el bonus, aunque se cobre después: Pero sí se podría diferir la tributación si la empresa obliga al directivo a no cobrarlo hasta pasado el periodo que se decida. Por ejemplo, una empresa concede un bonus de cinco millones a sus directivos a los que previamente les ha preguntado por el año en que prefieren recibirlo.

Una vez conocidas estas preferencias, podría establecer -entre las condiciones obligatorias para cobrar el bonus- que éste no se recibirá hasta pasados dos años. Sólo en este caso podría diferirse la tributación hasta el momento del cobro de acuerdo con la normativa española, según Bárbara Pardo de Santayana, de Ernst & Young Abogados.

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