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Revolución en el mercado hipotecario

Las siete claves del decreto-ley de devolución de las cláusulas suelo

El texto detalla cómo debe pagar el banco, cómo tributará la cuantía o quién supervisará

Protesta de afectados por las claúsulas suelo, en Madrid.
Protesta de afectados por las claúsulas suelo, en Madrid.EFE
Juande Portillo

Después de tres intensas semanas de negociación, Gobierno, PSOE y Ciudadanos han anunciado que han alcanzado un acuerdo en el diseño consensuado de un mecanismo extrajudicial de devolución de lo cobrado por la banca a sus clientes en aplicación de cláusulas suelo opacas. Un pacto que garantiza la tramitación parlamentaria del decreto ley, que el Ejecutivo aprobará finalmente mañana, gracias a la abstención de los socialistas.

En busca de este consenso, el Gobierno ya había retrasado dos veces la aprobación de una iniciativa pensada para agilizar el cumplimiento de la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que obliga a la banca a devolver lo cobrado con retroactividad total, en lugar de solo desde mayo de 2013, como mantenía el Tribunal Supremo en relación a la fecha en que declaró nulas las cláusulas no transparentes.

En concreto, el Ejecutivo propuso inicialmente un código de adhesión voluntaria para la banca que fijara las líneas maestras de la negociación con los clientes en el último Consejo de Ministros de 2016, pero abandonó la idea ante el rechazo frontal de los socialistas.

Posteriormente, el Ejecutivo trató de impulsar un diálogo entre entidades y clientes por decreto, con un formato más rígido y tiempos pautados, para la cita del viernes pasado, pero las reticencias del PSOE, que consideraba que los planteamientos del Gobierno “estaban desequilibrados en favor de las entidades financieras”, le llevaron a retrasar de nuevo la medida a fin de lograr un pacto.

Estas son las principales claves del acuerdo alcanzado entre Gobierno, PSOE y Ciudadanos que el Consejo de Ministros tiene previsto aprobar el viernes:

Aviso al cliente

El texto pactado por Gobierno, PSOE y Ciudadanos establece la obligación de la banca de notificar a aquellos clientes con cláusula suelo que se abre un mecanismo de negociación extrajudicial gratuito.

Límite temporal

Entidad y cliente tienen un máximo de tres meses para llegar a un acuerdo, incluyendo un periodo de 15 días para que el cliente valore la oferta que le haga el banco.

Forma de pago

La fórmula pactada prioriza que, en caso de un acuerdo de devolución de lo cobrado, se haga una devolución en efectivo pero se deja la puerta abierta a que las partes acuerden otra modalidad, como la rebaja de las cuotas pendientes.

Tributación

El dinero que recuperen los afectados, por la vía extrajudicial o litigando, estará exento de tributar por IRPF. Sí deberán regularizar los gastos que se dedujeran en su día, pero no se les impondrá recargo alguno por hacerlo ahora.

Vía judicial

Si el banco considera que el cliente no tiene derecho a devolución alguna, o si la que le ofrece no contenta al particular, este tendrá derecho a acudir a la vía judicial.

Costas

Si el juez impone una compensación superior a la ofrecida por el banco en la vía extrajudicial, podrá cargar a la entidad las costas del juicio.

Supervisión

Se conformará un organismo de seguimiento y control del mecanismo extrajudicial en el que estarán representadas las asociaciones de usuarios y la abogacía.

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