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La UE exigirá etiquetar los contenidos generados por IA desde el 2 de agosto: así te afecta

De esta forma, todos los que accedan a contenidos y similares, podrán tener muy claro que lo que ven es responsabilidad completa de un humano o no.

Banderas de la Unión Europea.

Los contenidos generados por IA estarán sujetos a nuevas obligaciones de transparencia en la Unión Europea a partir del próximo 2 de agosto. La medida forma parte de la implementación progresiva de la normativa europea sobre inteligencia artificial y obligará a las empresas que operan en territorio comunitario a identificar de forma clara el material creado o modificado mediante sistemas de IA.

La nueva fase de la legislación se centra en la divulgación y la transparencia. Aunque las obligaciones comenzarán a aplicarse el 2 de agosto, los sistemas de inteligencia artificial que ya estén en funcionamiento dispondrán de un periodo de adaptación hasta el 2 de diciembre. Tras esa fecha, la supervisión aumentará y podrán imponerse sanciones a quienes no cumplan las normas.

Qué exige la UE para los contenidos generados por IA

Las nuevas reglas establecen que los contenidos generados por IA o alterados de forma significativa mediante inteligencia artificial deberán poder identificarse claramente. Esto afecta a respuestas de chatbots, imágenes, archivos de audio y vídeos. Esta opción no se limitará a una indicación visible para el usuario. Las empresas deberán combinar etiquetas visibles con elementos técnicos que permitan reconocer el origen sintético del contenido. Entre esos mecanismos se incluyen iconos, marcas de agua digitales y metadatos incrustados.

Iconos IA de la UE

El objetivo de los reguladores europeos es facilitar la diferenciación entre material real y contenido creado artificialmente en un contexto en el que las herramientas generativas producen resultados cada vez más difíciles de distinguir. Además, las obligaciones van más allá de la publicación inicial. Los sistemas utilizados por las compañías deberán permitir que la identificación del contenido se mantenga cuando este sea compartido o republicado en otras plataformas.

Los casos en los que sí y no se aplican las obligaciones

La normativa se orienta principalmente al contenido creado en entornos profesionales y a la información de interés público, pero también deberán etiquetarse los materiales de interés público generados mediante inteligencia artificial cuando no exista supervisión editorial humana.

Sin embargo, la Unión Europea ha introducido varias excepciones. Quedan fuera del ámbito de aplicación los particulares que utilicen herramientas de inteligencia artificial para fines personales o de creatividad. Un ejemplo son las siguientes:

  • Artístico.
  • Creativo.
  • Satírico.
  • Ficticio.

Cómo están reaccionando las grandes plataformas

Algunas compañías tecnológicas ya habían comenzado a incorporar medidas similares antes de la entrada en vigor de estas exigencias. TikTok, por ejemplo, lleva años solicitando a los creadores que identifiquen el contenido generado mediante IA. Según la información difundida por la plataforma, más de tres mil millones de publicaciones han sido etiquetadas utilizando sus herramientas de detección.

Meta también ha avanzado en esta dirección. La empresa introdujo la etiqueta AI Info en Facebook e Instagram para señalar publicaciones creadas con inteligencia artificial generativa. Google, por su parte, ha firmado el código voluntario de conducta de la Unión Europea relacionado con la transparencia en inteligencia artificial. Por lo tanto, parece que en esta ocasión casi todos los protagonistas van de la mano.

No obstante, algunas compañías consideran que la aplicación de estas medidas puede aumentar la complejidad de plataformas que ya cuentan con numerosos avisos e indicadores para los usuarios.

Niveles IA Niveles IA UE

Qué deben hacer las empresas antes del 2 de diciembre

Es importante indicar que las compañías que produzcan, publiquen o alojen contenidos generados por IA dentro de la Unión Europea deberán revisar su nivel de cumplimiento antes de que finalice el periodo de adaptación. Entre las acciones señaladas por la información publicada se encuentran estas:

  1. Identificar qué contenidos entran dentro del ámbito profesional y de información pública, diferenciándolos de los usos personales y de las excepciones artísticas.
  2. Incorporar etiquetas visibles en imágenes, vídeos, audios y respuestas de chatbots creados o modificados de forma significativa mediante inteligencia artificial.
  3. Añadir mecanismos técnicos permanentes, como marcas de agua o metadatos incrustados, que permanezcan activos cuando el contenido sea compartido en otras plataformas.
  4. Revisar si existe supervisión editorial humana en los contenidos de interés público producidos por IA, ya que este aspecto puede afectar a las obligaciones de etiquetado.
  5. Garantizar que los sistemas de inteligencia artificial existentes se ajusten a los requisitos antes del 2 de diciembre.

Lo que todavía no ha aclarado la Unión Europea

Aunque las obligaciones ya tienen fecha de entrada en vigor, todavía existen algunos aspectos pendientes de concreción. Por ejemplo, la Unión Europea no ha detallado cuáles serán exactamente las sanciones económicas aplicables en caso de incumplimiento. Tampoco ha explicado cómo verificará que los sistemas de marcas de agua y etiquetado persistente cumplen los estándares exigidos cuando los contenidos circulan entre diferentes plataformas.

Lo que sí está claro es que a partir del 2 de agosto comenzará una nueva etapa para los contenidos generados por IA en Europa, con una mayor exigencia de transparencia para las empresas y un plazo que concluirá el 2 de diciembre para los sistemas que ya estaban operativos.

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