¿Las incoherencias de la CNMC ponen en entredicho su valor como regulador independiente?
El organismo acumula cada vez más decisiones y propuestas retributivas que no siguen criterios técnicos ni son coherentes entre sectores, como es el caso de la electricidad respecto al resto

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) se creó en 2013 mediante la fusión de los reguladores sectoriales y de la Comisión de la Competencia con el objetivo de crear un organismo técnico e independiente del Gobierno con el que coordinar la regulación y reforzar la supervisión de los mercados.
Sectores como el transporte y la distribución de electricidad y gas requieren inversiones intensivas en capital y con largas vidas, por lo que el riesgo regulatorio tiene un impacto determinante en las decisiones de los inversores. Con la creación de reguladores independientes, lo que se busca es reducir el alcance de la discrecionalidad política para, así, reducir el riesgo regulatorio y minimizar el coste de suministro para los consumidores.
Pero la mera existencia de un regulador independiente no asegura que esos objetivos se cumplan. Además, hace falta que las decisiones del regulador se guíen por principios ortodoxos aplicados de manera coherente, previsible y fundamentada en criterios técnicos. Porque, de otro modo, lo único que se habrá hecho es cambiar un decisor discrecional (el Gobierno) por otro (la CNMC).
Sin embargo, cada vez se acumulan más decisiones y propuestas retributivas de la CNMC que ni siguen criterios técnicos ni son coherentes entre sectores. Un caso paradigmático es la decisión sobre la tasa de retribución financiera, que la CNMC ha fijado utilizando valores distintos para el mismo parámetro (la Prima de Riesgo de Mercado) en el sector de la energía y el resto de los sectores que regula. La CNMC tampoco ha sido coherente al aprobar las metodologías de retribución del sector gasista y el sector eléctrico, a pesar de tratarse de sectores que, en lo esencial, son idénticos.
Por ejemplo, en lo que se refiere a los costes de operación y mantenimiento, en el caso de la actividad de distribución de electricidad, la CNMC ha decidido no aplicar ningún ajuste o indexación para reflejar el impacto de la inflación. En contraste, en el caso del transporte de electricidad, sí ha tenido en cuenta la inflación pasada. Y en el caso del transporte de gas, la CNMC propone no solo incrementar la retribución para tener en cuenta la inflación pasada, sino que además le suma una previsión de inflación futura hasta el año 2032 y, también, un margen adicional para “cubrir variaciones no previsibles de los costes”. Se trata de un tratamiento asimétrico y arbitrario que carece de justificación.
En cuanto a la retribución por las inversiones, el enfoque ortodoxo consiste en compensar a las empresas reguladas por el coste financiero asociado con el capital pendiente de recuperar, más un incentivo para extender la vida útil de los activos que cubre sus costes adicionales de operación y mantenimiento. Pero la CNMC se desvía de este principio en la propuesta para determinadas empresas del sector del transporte y regasificación, ya que introduce una retribución adicional para los activos ya amortizados, es decir, para aquellos que las empresas ya han recuperado. Esta retribución se fija aplicando la tasa de retribución financiera al 1% del valor de reposición de estos activos (ni siquiera el valor original), lo que implica que los consumidores de gas pagarán 150 millones de euros más a lo largo del periodo regulatorio por activos que ya han pagado por completo.
La CNMC justifica ese incremento retributivo alegando “fiabilidad y valorización del activo”. El eufemismo es palmario. No es una diferencia metodológica, sino una flagrante ruptura con la lógica básica de la regulación, que vincula rentabilidad a inversión y riesgo asumido.
La propuesta de la CNMC se traduce en un incremento de la retribución de las empresas de transporte de gas (de unos 50 puntos base) y de las regasificadoras (de unos 630 puntos base) –en este último caso, prácticamente duplicando su retribución financiera–. No es sorprendente que la cotización de la principal empresa beneficiaria de transporte de gas, Enagás, experimentara una espectacular subida en Bolsa del 16,9% nada más conocerse la propuesta de la CNMC.
Un sesgo parecido se observa en la actividad de distribución de gas. La CNMC propone introducir una retribución específica a las empresas gasistas para digitalización, ciberseguridad y reducción de emisiones de metano que asciende a casi 350 millones de euros, pero sin una exigencia clara de que las empresas realmente acometan dichas inversiones.
No son detalles menores. Mientras que en el sector eléctrico la CNMC rechaza compensar costes efectivamente incurridos por el incremento de la inflación, en el sector gasista propone retribuir inversiones ya amortizadas o, potencialmente, no acometidas. En definitiva, se trata de un sesgo sistemático en el ejercicio de la función del regulador.
La regulación independiente no consiste solo en fijar parámetros. Consiste en generar un marco en el que empresas e inversores puedan tomar decisiones con horizontes de décadas. Cuando el regulador deja de aplicar criterios ortodoxos y consistentes entre sectores, esa previsibilidad se desvanece. Y las consecuencias no son abstractas: más incertidumbre implica mayor coste del capital, lo cual a su vez se traduce en mayores tarifas y menor calidad y seguridad de suministro, en perjuicio de los consumidores.
La independencia regulatoria no es un fin en sí mismo; es un instrumento para conseguir la seguridad de suministro al mínimo coste para los consumidores actuales y futuros. Si el Consejo de la CNMC no aplica criterios ortodoxos y coherentes entre sectores, el valor de la institución como regulador independiente queda en entredicho.