La metamorfosis inducida de la precariedad laboral
Los excesos de la temporalidad se refugian en el tiempo parcial y extienden el fenómeno a la retribución
Cuatro años completos de vigencia de la norma laboral de 2021 que pretendía acabar con la precariedad son suficientes para disponer de un balance consistente de su evolución, máxime cuando tales años han marcado un ciclo muy generoso de crecimiento del empleo. Y no hay buenas noticias: cambiar la naturaleza temporal de la actividad económica es más difícil que pretenderlo, y sus gestores han aprovechado las ventanas de la ley y las circunstancias para metamorfosear la temporalidad y mantener, cuando no agrandar, la falla entre los trabajadores estables y los precarios. Además, los pequeños ava...
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Cuatro años completos de vigencia de la norma laboral de 2021 que pretendía acabar con la precariedad son suficientes para disponer de un balance consistente de su evolución, máxime cuando tales años han marcado un ciclo muy generoso de crecimiento del empleo. Y no hay buenas noticias: cambiar la naturaleza temporal de la actividad económica es más difícil que pretenderlo, y sus gestores han aprovechado las ventanas de la ley y las circunstancias para metamorfosear la temporalidad y mantener, cuando no agrandar, la falla entre los trabajadores estables y los precarios. Además, los pequeños avances nominales en los contratos han sido neutralizados y superados por el avance real de la precariedad en la remuneración, y es muy difícil sostener hoy que hay menos precariedad laboral que hace cinco años.
Al cierre de 2025 hay más personas con empleo y menos en paro que al cierre de 2021, con crecimiento exuberante en el primero de los colectivos y un descenso más modesto en el segundo, y si la primera categoría del precariado es el desempleo, la primera palanca para superarlo es disponer de trabajo: algo más de tres millones de personas se han incorporado a la ocupación en los últimos cinco años y han abandonado la precariedad absoluta. Y si pese a ello los números del desempleo descienden tan lentamente, es por la fuerte entrada de fuerza laboral inmigrante, que se ha convertido en un dinamizador del crecimiento y en un obstáculo activo a la rebaja la precariedad, puesto que presionan en una dinámica competición por disponer de empleo y renta.
Pero en términos agregados la precariedad no ha descendido ni cuantitativa ni cualitativamente. Al ritmo que ha crecido la economía lo ha hecho el empleo desde 2021, y lo ha hecho también el empleo precario en sus múltiples formas, que se acerca a los seis millones de personas y supera el 25% de los ocupados, o al 29% de los asalariados, según la Encuesta de Población Activa de cierre de 2025.
La reforma laboral de 2021 trató de cerrar las fisuras que permitían la contratación eventual, como si se pudiesen poner puertas al campo abierto de una economía que tiene un elevado porcentaje de actividades de carácter temporal, como la agricultura, la construcción, la educación y, sobre todo, el turismo. Se trataba, con la necesidad urgente de atajar la dualidad del mercado de trabajo, y con un planteamiento más ideológico que práctico, de restituir la causalidad de los contratos, de tal forma que fuesen fijos todos por principio y temporales solo aquellos donde se acreditase la duración eventual de las tareas.
En teoría funcionó, y los contratos fijos que en 2021 suponían el 6,68%, pasaron a estabilizarse en el 40% los años siguientes, mientras que los temporales, que superaban el 93% en 2021, se han reducido al 60%. Pero en la práctica funcionó a medias, porque todavía ahora se firman más de nueve millones de temporales, y su duración media es de 44 días (con dos tercios de menos de un mes), ya que las empresas buscaron nuevas fisuras para acoplar las plantillas a sus necesidades de producción, y cambiaron el contrato temporal por el fijo a tiempo parcial. La temporalidad mudó su terminología por parcialidad, sinónimos ambos de precariedad.
El tránsito ha sido como sigue: Los empleados con contrato temporal han pasado en cinco años de 3,86 millones a 2,89 millones, y en el mismo periodo los ocupados a tiempo parcial han pasado de 2,7 millones a 3,08 millones. Los dos colectivos suman 5,17 millones de trabajadores con relación definida o con jornada reducida. Pero a ambos grupos hay que sumar los 655.000 fijos discontinuos del sector privado (que no otra cosa de empleados a tiempo parcial con jornada anualizada son), y los 25.000 del sector público.
Deben considerarse, por tanto, en la vieja categoría de precarios 5,85 millones de ocupados, el 26% de la masa de empleo de 2025. En caso de contabilizar sólo los asalariados, el colectivo alcanzaría los 5,53 millones o el 28,8% del total. Al comenzar 2021 temporales a tiempo completo, fijos a tiempo parcial y fijos discontinuos sumaban 5,93 millones, algo más del 30% de los ocupados. Tras la reforma laboral, la tasa de temporalidad (15,2%) ha tendido a converger con la europea, pero la de parcialidad se ha disparado.
En términos relativos se aprecia una ligera reducción de la precariedad, pero un concepto tan poliédrico precisa de más unidades de medida que el número de contratos. Y en este ciclo alcista de la actividad se ha desplazado cualitativamente hacia la remuneración percibida por los empleados, que muestran de manera muy mayoritaria su deseo de disponer de otras condiciones de trabajo. La mitad de los contratados a tiempo parcial lo son por no encontrar alternativas a tiempo completo, especialmente las mujeres, que copan tres de cada cuatro contratos de esta naturaleza.
Medir un concepto tan elástico como la precariedad en términos económicos no es fácil. Pero de algunas pistas disponemos. La Constitución dice en su artículo 35 que los trabajadores “tienen derecho a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, y sin discriminación de sexo”. La Organización Internacional del Trabajo habla como contraposición a la precariedad del “trabajo decente”, considerando tal al que reporta “un ingreso justo”. El propio Gobierno establece en el listón del salario mínimo interprofesional exento de impuestos una especie de exigencia mínima que esquive la precariedad retributiva.
Que un porcentaje muy elevado de personas con empleo no dispone de los atributos que tal empleo debería tener, no es discutible. Los casi seis millones de personas que hemos identificado como precarias contractualmente, además de un buen número de asalariados con contratos fijos y a tiempo completo y un colectivo nada pequeño de autónomos involuntarios o falsos autónomos, no llegan a niveles de renta considerados justos o decentes, y muchos están lejos de las cuantías del salario mínimo.
La Encuesta de Estructura Salarial recuerda que uno de cada cuatro asalariados cobra menos de 20.000 euros al año; que el sueldo más común no llega a 16.000 euros; que el salario medio de los menores de 25 años es inferior a 15.000 euros; y que el de las cohortes entre 25 y 35 años ronda los 23.000. La mayor dosis de precariedad se concentra entre los asalariados a tiempo parcial, mayoritariamente féminas, con sueldos que rondan los 14.000 euros, y donde existe un laxo control de cumplimiento. Un sindicalista de los de antes, nada acomodaticio, asegura que en el tiempo parcial hay mucho contrato 486, en el que se contratan cuatro horas, se realizan ocho y, en el mejor de los casos, contabilizando horas extras, se cobran seis.
Cantidades modestas en todos los casos, aunque muchas dentro de los umbrales teóricos de la clase media, pero más modestas por su declinante poder de compra tras la embestida inflacionista y el desmadre de los activos residenciales.