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Editorial
Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

Los avales del Gobierno durante la covid, en el foco del Supremo

Se impone fijar un criterio general y dar claridad en cuestión tan sensible, además de hacerlo con la mayor celeridad

CINCO DÍAS

La extensión de los avales que el Gobierno puso en marcha para ayudar a las pymes y autónomos a afrontar las dificultades económicas por la paralización de sus negocios durante la pandemia del coronavirus ha escalado hasta el Tribunal Supremo, que deberá resolver si los requisitos planteados para determinar si los pequeños empresarios podían ser beneficiarios de las líneas de financiación eran correctos o si, por el contrario, fueron discriminatorios.

Son ya varios los tribunales que se han visto obligados a revisar estos créditos, después de que algunos empresarios se enfrentaran a la banca, que reclama la devolución íntegra de los préstamos, y alegaran que pensaban que el ICO se haría a cargo del 80% de los mismos, al tratarse de una ayuda avalada por el Estado a través de este organismo. Sobre este punto, los jueces no tienen un criterio unánime. Muchos se han decantado por señalar a las entidades financieras por no aportar suficiente información, mientras que otros han entendido que las condiciones eran claras. Sobre ello terminará pronunciándose el Supremo como máxima instancia judicial.

Mientras tanto, el alto tribunal se centrará en la norma aprobada en marzo de 2021, por la que se otorgó la gestión de un nuevo paquete de 7.000 millones de euros a las comunidades autónomas y en las que se excluyó como beneficiarias a todas aquellas empresas cuya base imponible del impuesto de sociedades del ejercicio 2019 era negativa. El espíritu de esta medida era mantener en pie a todas aquellas empresas que eran viables, si bien las firmas que quedaron fuera de las ayudas, como la que ha elevado el asunto hasta el Supremo, defienden que existen otras alternativas para acreditar su solvencia y que se les dio un trato injusto.

En su futura sentencia, que será clave sobre este asunto y sentará jurisprudencia, el Supremo no fallará sobre si las ayudas en sí eran legales o no, sino sobre si el requisito fijado, y que fue interpretado literalmente por las autonomías para evitar que empresas que ya atravesaban dificultades antes de la pandemia se aprovecharan de esta medida, discriminó a compañías que no tuvieron la oportunidad de demostrar su viabilidad. Por el momento, algunos tribunales, como el superior de justicia de Madrid, avalan las condiciones impuestas. Se impone fijar un criterio general y dar claridad en cuestión tan sensible, además de hacerlo con la mayor celeridad. El tejido empresarial español, compuesto en un 99% por pymes, no merece menos.

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