Decreto de medidas anticrisis, hilvanar sin coser
El texto tiene el sesgo de actuar desde lo temporal, desde la coyuntura inmediata, y deja para otra ocasión “mirar con luces largas”
Antes de tomarnos las uvas de fin de año empieza a ser costumbre que se apruebe un Real Decreto Ley (RDL), denominado popularmente como decreto escoba, en el que se recogen medidas para múltiples e inconexos temas, ofreciendo la posibilidad de introducirlas porque pasan más desapercibidas dentro de una norma de estas características que si se hubieran aprobado con una iniciativa específica.
El 27 de diciembre se publicó el RDL 8/2023 “por el que ...
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Antes de tomarnos las uvas de fin de año empieza a ser costumbre que se apruebe un Real Decreto Ley (RDL), denominado popularmente como decreto escoba, en el que se recogen medidas para múltiples e inconexos temas, ofreciendo la posibilidad de introducirlas porque pasan más desapercibidas dentro de una norma de estas características que si se hubieran aprobado con una iniciativa específica.
El 27 de diciembre se publicó el RDL 8/2023 “por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía”. En sus 140 páginas se incluyen medidas de suma importancia relacionadas, entre otros asuntos, con la energía. Así, prorroga y modifica decisiones que son primordiales, tanto a efectos económicos como sociales, para el desarrollo de la iniciada transición energética y la cobertura de nuestras necesidades esenciales.
De su lectura pormenorizada, sin querer quitarle importancia a la norma, que la tiene y mucha, tengo la impresión de que el alcance siempre tiene presente el sesgo de actuar desde la temporalidad, desde la coyuntura del momento, y que deja para otra ocasión “mirar con las luces largas”, que diría mi añorado Domingo Jiménez Beltrán, no teniendo en cuenta el cambio estructural que exigen los compromisos adquiridos en la transición energética y la lucha contra el cambio climático que ha asumido este gobierno.
En el texto aprobado tienen especial relevancia las medidas de carácter fiscal. Lo primero que hay que destacar es que el gobierno ha decidido anteponer la labor recaudatoria, olvidándose de la necesidad de fomentar la electrificación sostenible de la economía, pilar básico de su política energética. Se sube el IVA de la electricidad del 5% al 10% y se recuperan, paulatinamente, los impuestos específicos a la electricidad, como el Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica, IVPEE, que desde el tipo cero alcanzará, trimestre a trimestre, el valor del 7% a finales del año y en el que se sigue sin diferenciar si la generación es con energías renovables o con combustibles fósiles. Se recupera también el Impuesto Especial Eléctrico, IEE, desde el 0,5% mínimo que exige la Comisión, hasta el 3,8% del segundo trimestre, dejando en el aire si volverá a situarse a finales del año en el 5,11%, ya que el segundo semestre del año no queda definido.
Lo que sí está claro es que el decreto no atiende a la importancia que la electricidad tiene en la transición energética ni a intentar incrementar su presencia en el mix energético, lo que supondrá la ralentización del cumplimiento de los objetivos establecidos en el Pniec. Parece que también se ha olvidado de que la electricidad es un bien de primera necesidad y de que, aunque se mantenga un marco de protección para los más vulnerables, prorrogando el bono social, sigue sin considerar la necesidad de aprobar un mínimo energético vital que sustituya el bono dentro de una tarifa social y progresiva.
Con el atractivo nombre de medidas para la incorporación ordenada de las renovables, y con acierto, se amplían, de nuevo, los periodos de obtención de la autorización administrativa de construcción y explotación de instalaciones de generación de electricidad con fuentes renovables. Sin duda, es una medida muy necesaria por el grado de incertidumbre existente, pero debería hacernos reflexionar respecto a la tramitación administrativa de los permisos cuando, en los últimos tres años, llevamos ya tres prórrogas de seis meses del límite temporal para obtenerlos. Especial punto de interés tiene la modificación de la Ley del Sector Eléctrico 24/2013 para que en las próximas subastas de potencia renovable tenga cabida hasta un 30% en la baremación por conceptos no económicos. Ambas líneas deberían converger en que el despliegue renovable cumpla con los conceptos básicos de aceptación social, sostenibilidad medioambiental y redistribución justa del valor generado en los territorios afectados.
Se incorporan el apoyo al autoconsumo de carácter industrial y la regulación en competencia del acceso a la red de nuevas demandas eléctricas, principalmente pensando en la producción de hidrógeno, con la intención de regular los cuellos de botella existentes para acceder a la red eléctrica generados por el apetito inversor creciente en ambas líneas. En el autoconsumo, la reserva de capacidad del 10% en las líneas de titularidad de la Secretaría de Estado de Energía y el mantenimiento de la ratio entre potencia instalada y contratada del 50% solo para el P1, le resta ambición, sobre todo cuando sigue sin resolverse la problemática existente en el acceso a la red. Para los nuevos consumos provocados por la futura producción de hidrógeno es importante que se establezca un procedimiento de competencia en el acceso a la red, pero, si no se regula previamente el marco retributivo de los pagos por capacidad, repetiremos los errores cometidos con las renovables y se generarán procesos especulativos con la venta de derechos, aunque se establezcan garantías de 40 euros/kW.
Como buen decreto escoba hay muchos más elementos que merecen un comentario: aplaudir la apuesta por el transporte colectivo y la prórroga de los Perte para la industria, destacar que vuelve a dejarse pendiente la metodología retributiva a la cogeneración, que ya se prometía en el RDL 6/2022, que el gestor del sistema gasista sea también el del hidrógeno, la no aplicación finalista a los consumidores de los 6.187 millones de euros de superávit del sistema eléctrico, el mantenimiento del impuesto extraordinario para 2024, la jerarquía del agua con reversibilidad frente a su uso industrial para la producción eléctrica, etc.
Dicen que para hacer un buen traje se requieren tres actuaciones: un buen corte del paño, hilvanar las distintas piezas y, por último, después de la prueba, coserlas. El RDL 8/2023 tiene el tejido y el corte adecuado, establecidos por los compromisos de la política actual, pero su alcance se ha quedado en el hilvanado, dejando pendiente su costura para que, al igual que el traje, su uso sea duradero y podamos avanzar en las medidas que la transición energética necesita.
Fernando Ferrando es Presidente de Fundación Renovables
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