El reglamento de ajuste en frontera al carbono, ¿panacea o pesadilla?

El CBAM pretende solucionar la desigualdad dentro del mercado único, pero deja inermes las exportaciones europeas

Instalación siderúrgica en Avilés.

El pasado 1 de octubre entró en vigor, a falta de bastantes retoques técnicos, el período de prueba para la implantación del Mecanismo de Ajuste en frontera por Carbono (CBAM por sus siglas en inglés).

La industria europea, y en particular la siderúrgica, agobiada por el exceso de regulación climática y ambiental que la sitúa en clara desventaja ante los competidores exteriores, venía, desde hace muchos, muchos años, solicitando una solución a la situación de desequilibrio regul...

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El pasado 1 de octubre entró en vigor, a falta de bastantes retoques técnicos, el período de prueba para la implantación del Mecanismo de Ajuste en frontera por Carbono (CBAM por sus siglas en inglés).

La industria europea, y en particular la siderúrgica, agobiada por el exceso de regulación climática y ambiental que la sitúa en clara desventaja ante los competidores exteriores, venía, desde hace muchos, muchos años, solicitando una solución a la situación de desequilibrio regulatorio. La inminente revisión de la directiva del sistema de comercio de emisiones, que auguraba una eliminación, o por lo menos una reducción significativa, de los derechos gratuitos de emisión, hacía urgente la adopción de medidas para evitar que Europa se convirtiera en un desierto industrial, perdiendo cualquier atractivo para los inversores.

La Comisión y los estados miembros han dedicado mucho tiempo y esfuerzo al tema y, al final, han alumbrado un reglamento CBAM que ha conseguido el mérito de enfadar a algunos y dejar insatisfechos a todos.

La industria europea ha visto como el reglamento olvida el tema de las exportaciones, que se deja para una posterior revisión del mismo. Se trata de un elefante encima de la mesa que nadie ha querido ver: el CBAM pretende solucionar la desigualdad dentro del mercado único, pero deja completamente inermes las exportaciones de las empresas europeas que deberán absorber el coste climático del comercio de emisiones (ETS), que ha aumentado en los últimos años hasta situarse en el entorno de 80 euros/tonelada de CO2, con previsión de que al final del periodo de lanzamiento del CBAM (2034) se sitúe por encima de 100 €/tonelada (lo que conllevará un aumento de 200 euros/tonelada de acero producido por la ruta integral, es decir, carbón y mineral).

La Unión Europea ha planteado el CBAM como el mejor medio para conseguir expandir la ambición climática europea y que otros países, en particular los emergentes como China, India y los del sudeste asiático, se alineen con el proceso de descarbonización. Adicionalmente, el CBAM está diseñado para cumplir las reglas de la Organización Mundial del Comercio (OMC), aunque tanto algunos países terceros como sectores consumidores están dispuestos a pleitear contra el mismo.

La obsesión por la compatibilidad con la OMC y la decisión de evitar la unanimidad hizo que se abandonase la idea inicial de un impuesto paneuropeo, lo que ha ocasionado el problema de la falta de cobertura de las exportaciones de la industria europea.

En una primera etapa, la Comisión propuso limitar el alcance del CBAM a algunos sectores industriales que concentran la mayoría de las emisiones de gases de efecto invernadero, acero, aluminio, cemento, fertilizantes y electricidad, y, como consecuencia de la negociación entre el Consejo Europeo y el Parlamento, se ha incorporado uno nuevo, el hidrógeno.

Toda la responsabilidad recae en los importadores dentro de la Unión Europea, que deberán registrarse, adquirir los certificados de emisión, lidiar con la burocracia y pedir a sus proveedores extranjeros que les faciliten los datos de emisiones de las respectivas instalaciones.

La cobertura geográfica es mundial. Todos los países terceros están incluidos, excepto los del Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia, Liechtenstein) y Suiza, que ha suscrito un convenio con la UE. Ahora bien, aquellos países que tengan establecido un coste a la emisión de CO2 (por ejemplo, Japón) podrán deducir la cuantía pagada de la cantidad a abonar por los certificados de emisión, para evitar un pago duplicado por el mismo concepto.

El diseño de gestión es mixto, compartido entre los estados miembros y la Comisión Europea, y, en ese aspecto, España es uno de los nueve estados miembros que todavía no ha decidido cuál va a ser la autoridad competente. No es un buen comienzo, desde luego, porque incumple flagrantemente las obligaciones de la Administración con las empresas.

Aunque no es objeto de esta tribuna, sí quisiera señalar que, en ningún caso, el CBAM va a dar soluciones al exceso de carga regulatoria que soportan las empresas europeas en comparación con otros países con los que competimos, por lo que las referencias al CBAM como arancel ambiental carecen por completo de sentido, ya que su alcance se limita a compensar a la industria sometida al comercio de emisiones (ETS) por el coste del CO2.

¿Es la panacea como pretenden convencernos las autoridades europeas? Siendo optimistas, hay muchas dudas al respecto, porque, además de las evidentes debilidades (el trato a las exportaciones es la más evidente), queda mucha reglamentación por aprobar. Además, hay muchas incógnitas en su desarrollo, que se despejarán cuando se aplique efectivamente, desde la necesidad de verificación real y exigente, la adopción de valores por defecto cuando la empresa productora no quiera o no pueda facilitar los datos reales de sus emisiones, los riesgos de elusión de la medida, y la carga burocrática que va a suponer prácticamente a todas las empresas.

¿Es una pesadilla, como dicen algunos sectores afectados y países? A mi juicio, no. Aunque hay que reconocer que, además de un cierto riesgo inflacionario, se da el efecto frontera al igual que en las zonas de limitación de aparcamientos de las ciudades: los que se quedan fuera corren muchos más riesgos que los que están directamente afectados. Lo más relevante va a ser la carga burocrática para los importadores y la imperiosa necesidad de que la Administración pública se dote de medios técnicos y materiales para gestionar adecuadamente los requerimientos que conlleva el sistema.

El CBAM es, en resumen, un buen intento de la Unión Europea una vez ha comprendido que no se puede seguir cargando a la industria con sobrecostes que hacen poco atractivo nuestro continente como destino inversor. El tiempo nos dirá el resultado.

Andrés Barceló es director general de UNESID y consejero en el Comité Económico y Social Europeo

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