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Editorial
Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

La experiencia invita a sobreproteger al inversor

La cifra de 10.000 euros para invertir en ‘hedge funds’ supone abrir productos complejos a millones de ahorradores y, por tanto, multiplicar el riesgo de malas prácticas

CINCO DÍAS
CNMV

El ministerio de Economía ha escuchado una de las reiteradas peticiones del sector financiero, abriendo la mano para la comercialización de fondos alternativos o hedge funds para inversores particulares. Actualmente se permiten estas inversiones a partir de los 100.000 euros, umbral a partir del cual la normativa europea considera que el inversor está cualificado para asumir ciertos riesgos y, por tanto, no necesita protección por parte del supervisor.

Estos fondos, más que por su nivel de riesgo, que puede ser mayor o menor, se diferencian de los fondos tradicionales por su menor liquidez: un inversor en un fondo de Bolsa puede reembolsar su participación cuando quiera en la medida en que las acciones se pueden vender en cualquier momento. Si el fondo está invertido en inmuebles, capital riesgo, infraestructuras o ciertos tipos de deuda, la liquidez puede ser mucho menor y el inversor no poder recuperar su dinero cuando quiera.

El proyecto de decreto establece, en todo caso, una protección para los inversores no cualificados: no podrán tener más del 10% de la cartera en estos instrumentos y deberán estar asesorados por un profesional. La experiencia en el mercado español, y en particular en las redes comerciales de la banca, invitaría a una cautela mucho mayor. La lista de productos complejos comercializados al por mayor y sin análisis de riesgos ni perfilado del cliente es demasiado larga, desde los estructurados a las preferentes (productos que se ofrecían a los clientes que pedían depósitos), sin olvidar las tarjetas revolving o las cláusulas hipotecarias opacas. La venta de productos financieros a minoristas está condicionada por la desigualdad de conocimientos y por los objetivos que las entidades imponen a su red comercial. Siendo esta red comercial la que asesora a los clientes y la que debe garantizar que se cumplen las medidas de protección, depende de su voluntad cómo se comercializan los productos.

La cifra de 10.000 euros supone abrir productos complejos a millones de ahorradores y, por tanto, multiplicar el riesgo de malas prácticas y de que los inversores se puedan ver atrapados, sin quererlo, en productos que, por definición, son poco líquidos. En el otro lado de la balanza, la ventaja del acceso a estas inversiones alternativas existe, al menos en el plano teórico. Pero una abrumadora de los pequeños ahorradores tiene preocupaciones más prosaicas como, por ejemplo, que la remuneración del ahorro se acerque a los tipos de interés de referencia.

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