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¿Puedo aprovechar la recta final del año para optimizar la siguiente declaración de la renta?

Qué hacer y qué no para reducir la carga fiscal

PeopleImages (Getty Images/iStockphoto)

A escasos dos meses para terminar el año, todavía estamos a tiempo de revisar nuestra situación financiera y ver si podemos minimizar la factura fiscal con Hacienda de cara a la declaración de la renta que hagamos el año que viene.

Se trata de hacer un análisis de toda nuestra situación financiera, patrimonial y fiscal y de revisar qué operaciones hemos realizado durante el año para ver si podemos optimizar la carga fiscal o si hay alguna deducción o ventaja fiscal que nos podamos aplicar y que estemos pasando por alto. Pero ¿se trata de tomar decisiones financieras pensando únicamente en la fiscalidad?

La fiscalidad importa, pero nunca debería ser la única razón por lo que decantarse por una opción u otra. Antes de tomar alguna decisión que afecte a la parte fiscal de nuestras finanzas, debemos tener en cuenta las implicaciones desde el punto de vista financiero, el efecto a largo plazo, cómo nos afecta de forma global y si realmente es lo que más nos conviene. Porque puede que en ese momento solo estemos pensando en los impuestos que nos ahorramos, pero la realidad es que nos vamos a encontrar con repercusiones que van más allá de la parte fiscal y que nos pueden perjudicar por otro lado.

Las inversiones en la declaración de la renta

En un año bueno de mercados como el actual, es posible que muchos inversores estén pensando en reembolsar sus posiciones y salirse del mercado para compensar las plusvalías de este año con las pérdidas que tengan acumuladas de ejercicios anteriores. Hacienda permite compensar algunas ganancias con otras pérdidas bajo una serie de límites y condiciones y con un plazo máximo de cuatro años, por lo que este 2024 es el último para compensar rendimientos negativos de 2020.

¿Es una buena opción? Aunque dependerá siempre de la situación particular de ese inversor, de su estrategia financiera y de inversión y, especialmente, de sus circunstancias personales y objetivos, nunca es aconsejable vender mirando aisladamente esa operación y pensando solo en la fiscalidad. Además, hay que tener en cuenta las normas antiaplicación -que impiden volver a comprar los mismos productos con unos límites temporales-, si es el mejor momento de mercado para vender y si es el producto que más nos conviene en el caso de que, efectivamente, necesitemos esa liquidez porque tengamos una necesidad urgente.

¿Qué hacemos con la vivienda? Tipos de interés y deducciones fiscales

También debemos tener en cuenta el entorno de tipos interés en el que nos encontramos. En los últimos años, la escalada que vivió el euríbor provocó que a muchas familias les subiera la cuota mensual de la hipoteca, lo que hizo que se plantearan si les interesaba amortizar parte de la deuda para ahorrarse esos intereses.

Ahora, con los tipos bajando en Europa, y el euríbor en mínimos de dos años, la situación es distinta, pero las dudas sobre qué hacer con la hipoteca siguen presentes. ¿Me interesa ahora amortizar parte de la deuda ahora por si los intereses vuelven a subir y aprovechar este momento? Como siempre, la respuesta dependerá de la situación personal y financiera que tengamos y de nuestros objetivos vitales, por lo que habrá que hacer unos números y ver si nos conviene o no.

Si tenemos 100.000 euros ahorrados para amortizar la hipoteca, deberemos tener en cuenta el coste de oportunidad final. Por un lado, si amortizamos nos ahorramos los intereses, pero, por otro, si invirtiésemos esa cantidad, quizá obtengamos mayor rentabilidad.

En este sentido, hay que tener en cuenta que si la vivienda habitual se compró antes del 1 de enero de 2013 nos podemos deducir cada año un 15% de lo que hemos pagado, sobre una cuota máxima de 9.040 euros, por lo que la deducción máxima que podríamos tener es de 1.356 euros.

Es decir, sobre la vivienda habitual hay una ventaja fiscal que puede que no nos interese perder. ¿Cómo puede el ahorrador tomar una buena decisión? Aunque lo más conveniente es hacer un análisis de la situación financiera, patrimonial y familiar de la unidad familiar, vamos a poner un ejemplo.

Si el importe de nuestra hipoteca es inferior a esos 9.040 euros y no tenemos comisión de cancelación anticipada, deberíamos valorar si nos interesa amortizar anticipadamente parte de la hipoteca para llegar a ese límite y poder deducirnos sobre el máximo. Así, si pensamos en que nuestra cuota íntegra asciende a 20.000 euros y que ya hemos pagado 5.000 euros de hipoteca este año, nos podemos aplicar una deducción de 750 euros. Si optamos por amortizar anticipadamente 4.040 euros para tener la deducción máxima, la cuota líquida se reduciría en 606 euros (4.040*15%) y la deducción máxima anual sería de 1.356 euros (9.040*15%).

Por último, respecto a las inversiones, hay que recordar también que se acaba el plazo para hacer nuestra aportación al plan de pensiones y poder aplicarnos la deducción que nos corresponda el año que viene. Y, en lo relativo al rescate, hay que tener en mente que 2024 es el último año para que los que se hayan jubilado en 2022 puedan rescatar sus aportaciones anteriores a 2007 con una deducción del 40%. Y, en este caso, lo más conveniente es hacer un ejercicio de planificación financiera para ver de qué forma es más conveniente hacer el rescate.

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