Señoría, mi padre ha muerto: por favor, suspenda este juicio
Los abogados denuncian desprotección cuando por motivos personales de peso no pueden acudir a un juicio. Aplazar una vista por enfermedad o por la muerte de un familiar es posible, pero exige una burocracia de resultado incierto
Acudir a un juicio enfermo; redactar un recurso desde la cama de un hospital con un cólico; defender a un cliente tras el fallecimiento de un padre; faltar al nacimiento de un hijo por vestir la toga. Son vivencias que un grupo de abogados ha trasladado a CincoDías. No han pedido anonimato, con nombres y apellidos quieren poner blanco sobre negro en una realidad invisibilizada en el gremio, incluso tabú: la rigidez de la agenda judicial frente a situaciones personales difíciles, como enfermedades repentinas o la muerte de seres queridos. Son relatos inusuales, en especial en una profesión donde no es común anteponer circunstancias personales a las necesidades de los clientes.
En España, desde 2023, y tras una lucha histórica del gremio, la ley blinda el derecho a la suspensión de vistas judiciales por motivos personales de gravedad, una decisión que antes de la reforma quedaba al arbitrio de los funcionarios. La norma contempla ahora la suspensión por tres días hábiles –cinco si hay desplazamiento–por muerte o enfermedad grave de padres, hijos o cónyuge del profesional; y de dos y cuatro días, respectivamente, si la situación afecta a familiares de segundo grado. Además, reconoce el derecho de los abogados a la suspensión en caso de enfermedad del profesional o por baja en casos de nacimiento o cuidados de menores.
Esta es la realidad sobre el papel, pero en el día a día la situación es distinta. Los rifirrafes entre profesionales y oficinas judiciales por suspensiones que no se conceden a tiempo, o directamente se deniegan, aún existen.
Así lo denuncia el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE). El pasado 23 de marzo, coincidiendo con el Día Nacional de la Conciliación de la Vida Personal, Familiar y Laboral, la institución lanzó una campaña para poner el foco en esta realidad. Son relatos invisibilizados a menudo por un persistente tabú. Un estigma que se resiste a desaparecer en sectores donde el cliente es sagrado, a veces incluso por encima de la familia o de uno mismo.
Esta filosofía, arraigada en el gremio legal, empuja a los profesionales a acudir a vistas en situaciones extremas; y si reclaman sus derechos de conciliación, a hacerlo en silencio. La campaña del CGAE pretende cambiar esta realidad. “El objetivo de la acción es dejar claro que la conciliación no es una concesión del juez, sino un derecho de los abogados”, explica Blanca Ramos, presidenta de la Comisión de Conciliación, Desconexión Digital y Bienestar del CGAE.
Casos
Ramos dice que, aunque la normativa vigente –incluida la reciente Ley Orgánica del Derecho de Defensa– garantiza permisos y medidas como la suspensión de juicios por causas médicas, maternidad, cuidados familiares o fallecimientos, en la práctica muchos profesionales enfrentan obstáculos derivados de decisiones discrecionales en los juzgados.
Por ejemplo, en junio de 2025, una abogada con embarazo de riesgo vio rechazada la suspensión de una diligencia judicial y recibió como única alternativa la comparecencia telemática desde su domicilio. En este caso, el juzgado abrió un expediente sancionador contra la letrada por incomparecencia no justificada.
El CGAE asegura contar con más casos recientes documentados, repartidos por el país. “No es un hecho aislado. En diferentes provincias se han registrado denegaciones de suspensiones pese a hospitalizaciones, bajas médicas acreditadas o situaciones personales graves”, apuntan fuentes de la institución.
Algunos de estos conflictos han escalado hasta el Supremo. Sin ir más lejos, el pasado 19 de marzo, el alto tribunal revisó el caso de una abogada que no pudo acudir a un juicio de desahucio por enfermedad, lo que comunicó la tarde anterior. La Audiencia Provincial reconoció la existencia de un motivo para suspender la vista, pero rechazó hacerlo al considerar que la ausencia del letrado no generaba indefensión material. El proceso debía continuar, decidió la Audiencia.
Pero el Supremo opina lo contrario. Su argumentación ha sido cristalina: los juicios, por norma general, deben aplazarse si el letrado acredita una enfermedad incapacitante. Y solo cabe lo contrario –añade la Sala– si existe sospecha de mala fe, como ánimo dilatorio, abuso de derecho, o se considera que no se intentó la sustitución por otro profesional. Cabe recordar que la ley permite que un abogado sustituto, de forma excepcional, esté presente en el juicio de un cliente ajeno si el letrado no puede acudir a la vista y este le confía el encargo.
Avances insuficientes
Para el CGAE, el rumbo de la jurisprudencia y el reciente blindaje normativo son noticias favorables. Pero la institución insiste en que el sistema aún presenta fallos. En especial, aclaran, por la maraña burocrática que deben enfrentar los profesionales en momentos muy poco oportunos, como una hospitalización, una intervención quirúrgica o los preparativos del sepelio de un ser querido.
Uno de los principales obstáculos es la ausencia de respuesta de los juzgados. Las oficinas judiciales tienen problemas para responder y leer las solicitudes de suspensión a tiempo. Lo que, además de sumir al profesional en una tremenda inquietud y angustia, deja el resultado del proceso judicial en el aire.
Que el juicio arranque y el abogado no esté presente, sin una justificación aparente, puede ser entendido como una causa para dar carpetazo al proceso. Incluso un motivo para abrir un expediente sancionador al profesional ausente.
En una situación como esta, el abogado debe recurrir y justificar de nuevo su ausencia, aportando la documentación correspondiente (bajas, partes de defunción, prueba de afinidad...). Se abren entonces dos escenarios: que el juzgado reconozca el error y anule la resolución –lo que obliga a repetir el juicio– o que el juez se reafirme en su negativa. En el segundo caso solo queda acudir a instancias superiores, generalmente al Tribunal Superior de Justicia. En definitiva, más trámites y retrasos que pueden prolongarse durante meses en perjuicio del cliente.
Cuestión cultural
En enero, el CGAE, presidido por el malagueño Salvador González, lanzó una guía para sensibilizar sobre la importancia de la conciliación en el sector legal. El documento está redactado como una suerte de mandamientos: “Los actos judiciales deben convocarse con antelación razonable y con puntualidad. Se deben respetar los tiempos de descanso y conciliación del profesional. El Colegio y el Consejo General deben protegerte ante ataques o injerencias. No estás obligado a responder mensajes, llamadas o correos fuera del horario laboral. El uso de Lexnet y otros sistemas debe ser compatible con el descanso”.
“Me negaron aplazar una vista con mi padre de cuerpo presente”
Antonio Serrano, abogado de penal y penitenciario con oficina en Pinto y Sanlúcar de Barrameda, recibió la noticia de la muerte de su padre dos días antes de un importante juicio en Sevilla. En la vista su cliente se juagaba cuatro años de prisión. Solicitó suspenderla. Pero el juzgado respondió que la muerte de un familiar no es causa legal de suspensión (desde 2023 sí lo es). Durante la organización del sepelio intentó un aplazamiento de urgencia. La intervención de los colegios de abogados de Madrid y Sevilla facilitó las cosas. Tuvo que acreditar una baja médica por un cuadro psicológico para convencer al juez. La nueva fecha se fijó solo tres días después. Serrano asegura que no es su primera situación así: llegó a redactar un recurso en la cama de un hospital con un cólico nefrítico.
“Cuando murió mi hijo quise parar, pero el sistema no para contigo”
Ignacio Palomar, abogado de la firma Servilegal, ha vivido episodios que le han hecho pensar que conciliar y ser abogado son realidades incompatibles. La más dura fue cuando falleció su hijo: tras semanas de hospital y el entierro tuvo que enfrentarse a una cola de plazos y juicios no suspendidos. También cuenta que, en otra ocasión, un juez le negó el aplazamiento por fracturarse el peroné. En esta ocasión tuvo que pedir amparo al Colegio de Abogados de Madrid. Aunque la reforma de 2023 fue un avance, Palomar cree que la suspensión por motivos personales exige lidiar con una pegajosa burocracia poco oportuna en momentos de dolor. El problema es que muchos juzgados no responden a tiempo. “Si te pones malo y no te contestan, ¿qué haces? ¿Te la juegas? No, tienes que ir”.
“Mi mujer daba a luz y yo estaba pegado al teléfono”
El destino quiso que el día en que nació Diego, su padre, José Luis Velasco, tuviera agendado un juicio. Este abogado penal, civil y laboral pidió suspender la vista ante la inminencia del alumbramiento, pero el recurso no fue atendido. En consecuencia, la causa fue archivada por ausencia de parte. “Pedí explicaciones porque era evidente que no habían leído mi escrito”, explica José Luis, que tuvo que recurrir por partida doble (un recurso de nulidad de actuaciones y uno de suplicación) al Tribunal Superior de Justicia. Solo entonces le dieron la razón: el juicio debía repetirse. “Sigue pasando”, asegura por teléfono mientras se cuela la voz de Diego, que tiene cuatro años. “Mi pareja daba a luz y yo estaba pegado al teléfono. Te peleas con el juzgado, con el cliente, con el hospital... Estás solo”.
“Sufrí un cólico nefrítico y el juez se negó a suspender mi juicio”
En la medianoche del 5 de abril de 2022 la abogada Belén Zarza, fundadora y directora de Barahona del Val Abogados, sufrió un cólico nefrítico. La situación era crítica porque al día siguiente la letrada tenía un juicio. A primera hora presentó un escrito explicando la situación y la baja médica. Además, para no perjudicar a su cliente, renunció a su defensa, porque su estado de salud empeoró. La respuesta del juzgado llegó esa misma mañana: sobreseimiento por no comparecer ni alegar causa justa. Belén recurrió (más papeleo), pero el juez no dio su brazo a torcer: no existía causa legal para suspender. El caso escaló hasta el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Y ocho meses después, la Sala anuló lo juzgado y dio la razón a la letrada. “Fue un paso importante en los derechos de los abogados”, valora.