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Tribuna
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Black Friday: buenas prácticas y campañas de monitorización y vigilancia en materia de consumo

Una sanción en materia de consumo tiene un importante alcance reputacional

En pleno Black Friday debemos poner el foco en la que ha sido denominada como la mayor de las campañas de monitorización y vigilancia del cumplimiento de la normativa aplicable anunciada por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.

Ese periodo de ventas promocionales que precede al Cyber Monday, coincide con el cuarto viernes de noviembre presentándose unas ofertas muy suculentas con el fin de que las empresas incrementen sus ventas.

El ministerio citado ha constatado, en campañas anteriores, una serie de prácticas comerciales, efectuadas por ciertos operadores de comercio electrónico, consideradas como prácticas engañosas.

Estas acciones consistían en subir los precios de determinados productos en las fechas anteriores al Black Friday para, ese día, “rebajar” los precios al coste original, incurriendo, por tanto, en una infracción prevista en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y en la Ley de Ordenación del Comercio Minorista, pudiendo ser calificadas como infracciones graves con multas de hasta 100.000 euros, cantidad que se puede sobrepasar hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido.

La campaña anunciada viene avalada por las actuaciones llevadas a cabo en el Black Friday de 2023. En aquel momento se realizó una monitorización diaria de 1.140 productos mediante la herramienta Price Reduction Tool de la Comisión Europea, que permite monitorizar en tiempo real si las ofertas realizadas en épocas de elevado consumo cumplen con la normativa sobre indicación de precios. Fue así como el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 constató una serie de incumplimientos de la legislación por parte de ciertos operadores de comercio electrónico a los que abrió expedientes sancionadores con la imposición de las consabidas sanciones.

Desde ese momento en el que, según informa el ministerio, más de un 60% de las empresas investigadas realizaron estas prácticas, se vienen realizando seguimientos de las compras en línea a través de Internet en fechas como el Black Friday, pero también en otros periodos de rebajas como pueden ser los de invierno o verano.

De hecho, a raíz de las actuaciones llevadas a cabo en el Black Friday de 2024, se impusieron sanciones de 348.000 euros y la prohibición de reiterar estas prácticas en el futuro a siete empresas de comercio online por modificar precios de forma engañosa; tres empresas admitieron haber llevado a cabo estas prácticas, mientras que las otras cuatro no la admitieron. Por su parte, una de ellas recurrió la sanción ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJ), solicitando medidas cautelares para no tener que hacer frente a la sanción mientras se resolviera su recurso.

El TSJ de Madrid, no sólo desestimó el recurso, sino que reiteró la prohibición de que se sigan llevando a cabo esas prácticas y la ha obligado a depositar un aval de 110.000 € por la sanción económica impuesta por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.

Con motivo de la confirmación del TSJ de Madrid de las sanciones administrativas impuestas, se ha puesto en marcha la mayor de las campañas de monitorización hasta ahora implementadas. Durante el Black Friday de este año, Ministerio no sólo va a poner sólo la lupa en las falsas rebajas, sino que va a investigar prácticas como los precios por goteo, las técnicas de venta bajo presión, los precios dinámicos, los precios personalizados en función de datos personales y comparaciones engañosas de precios.

La campaña de monitorización anunciada está dirigida, en gran medida, hacia operadores de comercio electrónico, especialmente en los sectores textil, juguetes, tecnología y pequeños electrodomésticos.

Ante esta perspectiva, se impone más que nunca la necesidad de que los operadores del mercado minorista, en su relación con consumidores y usuarios, implementen buenas prácticas en sus campañas promocionales.

Con carácter general, las prácticas comerciales que incluyan información sobre las características del bien o servicio y su precio, posibilitando que el consumidor o usuario tome una decisión sobre la contratación, y siempre que no pueda desprenderse claramente del contexto, deberán contener, entre otros extremos: el precio final completo, incluidos los impuestos y el desglose, en su caso, así como el importe de los incrementos o descuentos que resulten de aplicación a la oferta y los gastos adicionales que se repercutan al consumidor y usuario por servicios accesorios, financiación, utilización de distintos medios de pago u otras condiciones de pagos similares.

En particular, las buenas prácticas en materia de política de precios se centran en determinar el precio rebajado junto al precio original y/o el porcentaje de la rebaja especificando que impuestos y, en su caso, gastos de envío en el caso de compra online de productos. También en establecer de forma clara si el descuento aplica hasta fin de existencias, en cuyo caso, habrá de informarse específicamente del número de dichas existencias.

Además, no pueden aplicarse condiciones especiales de pago que no se exijan durante otros periodos de compra al margen del de rebajas.

Debemos poner en valor que una sanción en materia de consumo, aparte de económica, tiene un alcance reputacional lo que puede tener una mayor monetización e impacto que, incluso, la económica, en sentido estricto.

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