El Supremo pone fin al “tiro sin límite” de Hacienda: un paso firme hacia la seguridad jurídica
La Administración no puede repetir indefinidamente sus actos de gravamen

El Tribunal Supremo ha vuelto a marcar un hito en la defensa del principio de seguridad jurídica frente al poder tributario de la Administración. En la reciente sentencia, de 29 de septiembre de 2025 (recurso de casación número 4123/2023) la Sala Tercera ha fijado doctrina sobre el llamado “doble tiro” y ha cerrado expresamente la puerta al “tercer intento” de Hacienda para dictar nuevas liquidaciones después de que las dos anteriores hayan sido anuladas.
El mensaje es claro: la Administración no puede repetir indefinidamente sus actos de gravamen. La potestad de revisar o corregir errores no es ilimitada, y el contribuyente no puede quedar sometido a un ciclo perpetuo de liquidaciones, recursos y nuevas liquidaciones por los mismos hechos, ya que infringe varios principios jurídicos generales como los de buena fe, seguridad, eficacia y prohibición del abuso del derecho, entre otros.
La denominada “doctrina del tiro único” fue inicialmente formulada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), el cual sostenía que, una vez anulada una liquidación por la Administración Tributaria, ésta quedaba impedida para dictar una nueva respecto del mismo concepto o período. No obstante, el Tribunal Supremo, en su sentencia de 19 de noviembre de 2012, rechazó dicha interpretación y fijó doctrina en el sentido de que la Administración sí puede emitir una nueva liquidación tras la anulación de la precedente, incluso cuando la invalidez derive de defectos sustantivos, siempre que el derecho a liquidar no se encuentre prescrito.
Esta doctrina, que puede parecer de sentido común, tiene una enorme trascendencia práctica, supone poner un límite jurisprudencial, otra vez, al uso expansivo de las facultades de la administración tributaria y refuerza la posición de los contribuyentes en un terreno donde el desequilibrio es evidente.
Sin embargo, esta posibilidad tiene límites, el Supremo ya había señalado que el segundo intento debía respetar los plazos de prescripción, no reiterar vicios previos y ajustarse estrictamente al principio de buena fe administrativa, ahora da un paso más: si también el segundo acto resulta inválido, no cabe un tercero.
La sentencia, no niega la potestad de Hacienda para corregir, sino que otorga certeza, la Administración puede enmendar un error, pero no puede reiterar indefinidamente hasta lograr embocar la bola negra en la tronera. Es un recordatorio de que el poder que ejerce el Estado tiene límites y que no depende del acierto o persistencia del órgano gestor, sino de la legalidad y la proporcionalidad.
Esta limitación no debilita la lucha contra el fraude ni la eficacia recaudatoria, al contrario, fortalece la confianza en el sistema, cuando los contribuyentes perciben que la Administración actúa con reglas claras y límites definidos, la relación fiscal se vuelve más previsible y, en consecuencia, más cooperativa.
El paso dado por el Supremo es un avance y no debe quedar sólo en la esfera judicial sería conveniente que el legislador incorporara de forma expresa en la legislación una regulación clara sobre los efectos de las anulaciones y el número máximo de actos administrativos posibles para un mismo hecho imponible. Una norma de ese tipo reforzaría la seguridad jurídica y evitaría que el límite dependiera exclusivamente del control jurisdiccional, además, serviría de guía a la propia Administración, que podría ajustar sus protocolos de revisión sin necesidad de recurrir a interpretaciones cambiantes.
La relevancia de esta sentencia trasciende el caso concreto refleja una tendencia consolidada en los últimos años, el Tribunal Supremo se ha convertido en el auténtico contrapeso del poder omnímodo de Hacienda, allí donde el legislador ha sido ambiguo o la práctica administrativa expansiva, el Supremo ha intervenido para imponer límites y proporcionalidad.
“Hay jueces en Berlín”, decía el viejo aforismo que simbolizaba la esperanza de que siempre habrá un poder independiente capaz de frenar los excesos del Estado, la reciente doctrina del Supremo nos recuerda que también los hay en Madrid, dispuestos a recordar que ni siquiera Hacienda puede disparar sin control.