El reglamento europeo sobre deforestación: un paso adelante hacia su implementación
El objetivo es garantizar que determinadas materias primas solo puedan comercializarse en el mercado de la UE si no han contribuido ni a la deforestación ni a la degradación forestal

El pasado 22 de mayo, la Comisión Europea aprobó formalmente el sistema de clasificación de países previsto en el Reglamento (UE) 2023/1115 relativo a la comercialización de determinadas materias primas y productos asociados a la deforestación y la degradación forestal (EUDR, por sus siglas en inglés). Esta clasificación, que categoriza a los países según su riesgo de deforestación, constituye uno de los pilares fundamentales sobre los que se asienta el EUDR, y su correcta aplicación es crucial para el éxito de esta norma en su conjunto.
En virtud de esta clasificación, que no ha estado exenta de controversia, solo cuatro países han sido catalogados como de alto riesgo (Rusia, Corea del Norte, Bielorrusia y Myanmar), mientras que, por otro lado, 140 países (todos los Estados miembros de la UE y países como Estados Unidos, Canadá y China) han sido clasificados como de bajo riesgo. Todos aquellos países no incluidos en ninguno de estos dos niveles se consideran, automáticamente, como países de riesgo estándar. Este último grupo incluye, por ejemplo, a países como Brasil o Indonesia, principales productores de soja y aceite de palma, respectivamente.
Como es sabido, el EUDR entró en vigor el 29 de junio de 2023 y el calendario de aplicación prevé actualmente que las obligaciones comenzaran el 30 de diciembre de 2025 para grandes empresas y el 30 de junio de 2026 para microempresas y pymes. Su finalidad es minimizar la contribución de la UE a la deforestación y la degradación forestal en el mundo, debido a su devastador impacto en el medio ambiente, el clima y la biodiversidad.
El objetivo es garantizar que determinadas materias primas (ganado bovino, cacao, café, aceite de palma, caucho, soja y madera), así como determinados productos que las contengan o, en el caso de ganado bovino, hayan sido alimentados con dichas materias primas, solo puedan comercializarse en el mercado de la UE si no han contribuido ni a la deforestación ni a la degradación forestal.
El reglamento establece una serie de obligaciones de diligencia debida para las empresas que comercialicen estos productos en la UE, de forma que estas recopilen información detallada sobre el origen de los productos, evalúen el riesgo de deforestación asociado a sus cadenas de suministro y adopten medidas para mitigar dicho riesgo. La declaración de diligencia debida, que debe estar disponible para las autoridades competentes, es un elemento central de este proceso.
En la práctica, la clasificación de riesgo de los países impactará tanto a las empresas como a las autoridades competentes. Aquellas empresas que se abastezcan de países clasificados de bajo riesgo se beneficiarán de requisitos de diligencia debida simplificados. En contraste, aquellas que importen desde países clasificados como de riesgo estándar o alto deberán cumplir plenamente con las obligaciones previstas por el reglamento. Paralelamente, las autoridades competentes deberán ajustar sus esfuerzos de control en función del nivel de riesgo asignado a cada país.
Los controles anuales que deberán realizar las autoridades deberán cubrir, como mínimo, al 1% de los operadores que introduzcan, comercialicen o exporten productos sujetos al EUDR procedentes de países de bajo riesgo; y al 3% para los procedentes de países de riesgo estándar. Además, en el caso de países de alto riesgo, los controles deben afectar como mínimo al 9% tanto de los operadores como de la cantidad de cada uno de los productos que contengan o hayan sido elaborados con las referidas materias primas.
Por el momento, es previsible que esta clasificación altere las estrategias de suministro de las empresas comunitarias, haciendo más atractivos a los países clasificados como de bajo riesgo debido a la simplificación de los requisitos de diligencia debida. Sin embargo, las empresas no deben bajar la guardia. Es necesario evaluar el riesgo de mezcla de productos con orígenes desconocidos o de países de mayor riesgo, así como el riesgo de elusión de la normativa mediante el reenvío de productos causantes de deforestación a través de países de bajo riesgo.
Asimismo, es importante entender que, en caso de sospechas justificadas, incluso en países de bajo riesgo, las empresas están obligadas a investigar y realizar una evaluación de riesgos completa. Finalmente, quienes importen desde países catalogados como de riesgo estándar o alto están obligados a llevar a cabo evaluaciones detalladas de riesgos y a aplicar medidas correctivas para reducir su impacto.
Ante este nuevo marco regulatorio, será importante que las empresas se anticipen y revisen sus procesos de trazabilidad, no solo para garantizar el debido cumplimiento, sino también para adaptarse a un mercado cada vez más exigente en materia de sostenibilidad.