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En colaboración conLa Ley

Pymes y autónomos capean las dudas sobre la entrada en vigor de la factura electrónica

Las empresas que ingresen menos de seis millones de euros enviarán sus facturas en tiempo real a Hacienda

A Businessperson's Hand Checking Invoice On laptop At Workplace
jittawit.21 (Getty Images/iStockphoto)

Reducir la morosidad y limitar la circulación de pagos en negro. Estas serán las principales consecuencias de la implantación obligatoria de la factura electrónica para pymes autónomos. Así lo establece la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, más conocida como Ley Crea y Crece. Esta norma va de la mano con otro texto legal, la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, o Ley Antifraude, que obliga a los proveedores de software de facturación electrónica a adaptar sus sistemas para atajar las contabilidades paralelas. Los asesores consultados creen que hay cierta confusión y que será necesario concienciar desde ya a las empresas de manera clara y precisa.

El borrador del reglamento de la Ley Crea y Crece señala que la factura electrónica será el formato obligatorio para todas las transacciones que realicen las pymes y los autónomos. “Está avanzado y se espera que se apruebe pronto, aunque los plazos están ampliamente sobrepasados. Las empresas están un poco temerosas por el coste que va a suponer la adaptación digital de su sistema interno de facturación”, aclara Ana María Feria, abogada de derecho tributario del despacho Montero Aramburu & Gómez-Villares Atencia.

Sobre la segunda norma, la Ley Antifraude, ha habido algunos avances. El pasado 28 de octubre el Boletín Oficial del Estado (BOE) detallaba las especificaciones técnicas para los programas de facturación. Por otra parte, Hacienda aprobó un reglamento que obliga a las empresas que facturen menos de 6 millones de euros a remitir al fisco sus facturas en tiempo real a partir del 1 julio de 2025 a través de Verifactu, su sistema de emisión de facturas verificables. Quedan fuera aquellas compañías que lleven sus registros del IVA a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria (SII-IVA), entre ellos, quienes facturan más de 6.010.121 euros.

Según la Ley Crea y Crece, los proveedores deben garantizar que sus sistemas sean compatibles y las facturas electrónicas deberán ser accesibles al menos durante cuatro años, incluso si el contrato con el proveedor del programa de facturación ha terminado. También se deberá facilitar información sobre los estados de las facturas. En definitiva, habrá un sistema de control férreo sobre los ingresos y los pagos. Con todo, la facturación electrónica no es nueva en España. La Ley 25/2013 ya exigía que las compañías que dan servicios a la Administración Pública contaran con estos sistemas.

Pese a ello, en nuestro país solo el 7% de las pymes cuenta con programas de e-factura, según el informe Facturación electrónica: El camino hacia una economía conectada, de la consultora Sage. Además, al 44% les preocupa el proceso de cambio de sus prácticas cuando la facturación electrónica se convierta en obligatoria.

Desconocimiento

Como son dos normas las que abordan la facturación electrónica -la Ley Crea y Crece y la Ley Antifraude- y, además, avanzan a ritmos distintos, existe cierta confusión. “Las grandes empresas tienen controlado todo esto, pero las pequeñas clarísimamente no. Hay desconocimiento generalizado y las que están enteradas lo ven con una mezcla de inquietud porque no cuentan con toda la información. No olvidemos que afecta a las pymes, que son más del 90% del tejido económico”, subraya Ricard Gené, socio de mercantil del bufete La Guard, que cree que la adaptación llevará tiempo.

Y también hay que tener en cuenta que los pequeños empresarios trabajan con márgenes más reducidos. “Esto supondrá un coste añadido para muchos negocios que tendrán que contratar un sistema externo. Es un cambio de paradigma que tendremos que asumir, pero no va a ser fácil”, vaticina Ricard Gené. La cara positiva es que se atajará de manera decidida el fraude fiscal y que, en principio, se reducirán los plazos de pago de las facturas, por lo que la tesorería de las pymes irá mejor, ya que se podrá verificar que el pago se produzca en los 60 días. ¿Tendrá esto consecuencias? Es otra pregunta sin una respuesta firme. Los expertos creen que en la práctica sería difícil apremiar a los clientes para que paguen pronto, a riesgo de perder esa relación comercial y los ingresos que supone.

Dudas recurrentes

Aplicación. Hoy en día no hay una fecha exacta de entrada en vigor de la facturación electrónica obligatoria que recoge la Ley Crea y Crece porque los plazos están supeditados a la publicación del reglamento. A partir de ese momento, las pymes y autónomos cuya facturación anual supere los ocho millones de euros tendrán un plazo de 12 meses para cumplir, mientras que para el resto de los empresarios y profesionales será de 24 meses. Todo dependerá de lo que tarde en aprobarse.

Falta información. Los pequeños empresarios y profesionales autónomos que se enteran de que pronto tendrán que emitir una factura electrónica preguntan a sus asesores legales. El problema es que faltan certezas, explica Ana María Feria, del área tributaria de Montero Aramburu & Gómez-Villares Atencia. “Les explicas cómo crees que va a ser el marco normativo, sobre todo basándote en la Ley Crea y Crece y en el procedimiento de información pública, pero no trabajas con una norma publicada oficialmente”, recalca la experta en alusión a la falta de desarrollo reglamentario, aunque se espera que se apruebe en breve.

Sin régimen sancionador. Aunque la ley prevé sanciones para quienes no cumplan con los plazos de pago de 60 días, no están claras. “Las sanciones no se han desarrollado. En la exposición de motivos de la ley se hablaba de que los incumplidores se verían privados de acceder a concursos y subvenciones, son esta clase de medidas, pero nada más”, subraya Ana María Feria.

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