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En colaboración conLa Ley

La Ley Crea y Crece quiere potenciar la financiación de las startups en España

Inversores privados y programas públicos son las primeras vías para obtener fondos

GETTY IMAGES

La reciente quiebra del Silicon Valley Bank (SVB) ha supuesto un importante revés para las startups tecnológicas en Estados Unidos. El SVB además de captar depósitos de miles de estas empresas emergentes y fondos de capital riesgo y facilitarles servicios de gestión de tesorería, les prestaba dinero (fundamentalmente a través de venture debt, un tipo de préstamo senior).

Sin embargo, tal y como afirma David Miranda, socio del área de mercantil de Osborne Clarke, en España las startups no suelen tener acceso al préstamo bancario. “Para financiar una compañía, los bancos necesitan que tenga histórico financiero y capacidad de repagar el préstamo, y las startups en fases iniciales no tienen histórico ni capacidad de generar flujos de caja positivos para repagar el préstamo en el medio/largo plazo”, aclara. En su lugar, las empresas emergentes en España, explica el abogado, se financian en sus fases iniciales fundamentalmente a través de inversores privados en capital y programas públicos de apoyo al emprendimiento y la innovación (como Neotec o Innvierte).

Los inversores en capital van desde el círculo cercano del emprendedor (friends & family) y los business angels o padrinos hasta, en estadios más avanzados, los fondos de capital riesgo. “A diferencia de lo que sucede con los inversores en deuda (la típica financiación bancaria), la empresa no tiene la obligación de devolver el capital invertido. A cambio los inversores se quedan con parte del capital social, diluyendo así el peso de los fundadores y los socios anteriores”, señala Miranda.

En los últimos años, una de las formas que más se ha extendido entre las startups para obtener fondos es el crowfunding, el cual se hace a través de las plataformas de financiación participativa. Estas plataformas, comenta Fernando Navas, abogado de Navas & Cusí Abogados, ponen en contacto de manera profesional —vía web u otros medios electrónicos—a personas físicas o jurídicas que ofrecen financiación, ya sean inversores acreditados (profesionales o institucionales) o no acreditados (particulares), con los promotores que solicitan financiación en nombre propio para un proyecto concreto.

Impulso legal

El volumen de inversión en startups en 2022 alcanzó un total de casi 3.500 millones de euros, un 20% menos que en 2021, según el informe Tendencias de Inversión en España del Observatorio del Ecosistema de Startups en España de Bankinter. Para remontar esta situación la Ley Crea y Crece, en vigor desde hace cinco meses, ha introducido importantes novedades en la financiación de las empresas emergentes. Entre ellas, Leticia Domínguez, socia de ECIJA, destaca el nuevo régimen jurídico para las plataformas de financiación participativa con el que se pretende unificar su regulación a nivel europeo. Una de sus principales primicias, apunta la abogada, es la inclusión de una nueva categoría denominada “gestión de carteras”, para permitir que el proveedor de servicios de financiación participativa destine fondos en nombre del inversor.

Esta norma establece, además, tal y como aseguran desde la firma PKF Attest, una distinción entre inversores experimentados y no experimentados para proteger al minorista. Ello se logra a través de una prueba inicial de conocimientos, del establecimiento de un límite único a la inversión individual por proyecto (el importe más alto entre la cuantía de 1000 euros o el 5 % de su patrimonio neto) y con un periodo de reflexión precontractual de cuatro días.

Impulsar la inversión colectiva y el capital riesgo en España, es otro de los objetivos de la Ley Crea y Crece. En este sentido, se regulan por primera vez las entidades de inversión colectiva de tipo cerrado de préstamos (EICCP). Esta figura ya existía en otros países de la Unión Europea como fondos de deuda que, en vez de invertir en capital, se dedican a prestar dinero a compañías. Además, se flexibiliza el régimen para inversores no profesionales en entidades de capital riesgo, al permitir que los minoristas accedan a estos fondos con una inversión mínima inicial de 10.000 euros, en vez de los 100.000 que se exigían antes. Eso sí, “siempre que lo hagan a través de la recomendación de una entidad autorizada para la prestación del servicio de asesoramiento y que la inversión no suponga más del 10% del patrimonio financiero del cliente si este no supera los 500.000 euros”, advierte Leticia Domínguez.

Principales fuentes de financiación

 

Friends & Family. Inversores del círculo de confianza más cercano a los fundadores.

Business Angels. Inversores privados que aportan capital en las primeras fases de desarrollo de los proyectos y, normalmente, su experiencia profesional y contactos.

Crowdfunding. Actividad que se desarrolla a través de las Plataformas de Financiación Participativa (PFP), que, de forma online, ponen en común a una pluralidad de inversores con las empresas emergentes para la financiación de su proyecto.

Financiación pública. Préstamos participativos, dirigidos especialmente a emprendedores y startups concedidos por la Empresa Nacional de Innovación (Enisa) y las ayudas que ofrece el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI), a través de los programas Neotec e Innvierte.

Incubadoras y aceleradoras. Organizaciones que ayudan a implementar e impulsar startups a través de programas de duración limitada con los que proporcionan recursos, conocimientos y/o contactos a los fundadores para definir y financiar su proyecto.

Fondos de capital riesgo. Inversores institucionales sofisticados que invierten fondos que, a su vez, han captado de otros inversores profesionales, a cambio de una participación en el capital social (que suele oscilar entre el 10 y el 20%) y determinados derechos económicos y políticos.

 

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